Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209

Fecha del Boletín 
01-09-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100901-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

85
Demanda 62 de 2010

Doña Beatriz Sainz-Rozas García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 62 de 2010 y acumulado número 63 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Trócoli Pérez y doña Rosa María Trócoli Pérez, contra la empresa “Consultores para Europa Bernard Krief, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Se tiene por desistida la acción contra doña Concepción Gonzalo Andrés.

Estimando la demanda formulada por don José Trócoli Pérez y doña Rosa María Trócoli Pérez, y de otra, como demandados, “Consultores para Europa Bernard Krief, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, debo declarar y declaro improcedente los despidos de fecha 24 de noviembre de 2009, con efectos desde el 23 de diciembre de 2009, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por la anterior declaración con todos los efectos inherentes a la misma y, en consecuencia, a que opte en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia por readmitir a los trabajadores en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido o indemnice:

A don José Trócoli Pérez en la cantidad de 138.000 euros, computados desde la fecha de la antigüedad (10 de julio de 1966) hasta la fecha de efectos del despido (23 de diciembre de 2009), debiéndole abonar, en cualquier caso, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la notificación de esta sentencia a razón de 110 euros/día.

A doña Rosa María Trócoli Pérez en la cantidad de 17.765,48 euros, computados desde la fecha de la antigüedad (15 de diciembre de 1998) hasta la fecha de efectos del despido (23 de diciembre de 2009), debiéndole abonar, en cualquier caso, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la notificación de esta sentencia a razón de 35,62 euros/día.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantía Salarial.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Consultores para Europa Bernard Krief, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.722/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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