Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209

Fecha del Boletín 
01-09-2010

Sección 3.10.20Z: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100901-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ZARZALEJO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

59
Delegación atribuciones

Por decreto de la Alcaldía de fecha 2 de agosto de 2010, se ha acordado:

1.o Delegar la firma del secretario para las funciones que son delegables según la legislación vigente, en doña María Teresa Sánchez Sánchez, funcionaria de este Ayuntamiento, desde el día 1 al 15 de agosto de 2010, ambos inclusive.

2.o Los certificados emitidos en el ejercicio de las atribuciones que le han sido delegadas, indicarán expresamente esta circunstancia, y se entenderán dictados por la Secretaría de este Ayuntamiento.

3.o La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente, si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.

4.o La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que este celebre, sin perjuicio de que surta efectos desde el día siguiente al de la fecha de este Decreto.

5.o En lo no previsto expresamente en esta resolución, se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.

Zarzalejo, a 3 de agosto de 2010.—El alcalde, Rafael Herranz Ventura.

(03/32.989/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Z: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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