Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 211

Fecha del Boletín 
03-09-2010

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100903-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PIÑUÉCAR-GANDULLAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Aprobación definitiva presupuesto y plantilla de personal

Transcurrido el período de información pública del acuerdo de este Ayuntamiento de 22 de junio de 2010, por el que se aprobaba el presupuesto económico de la corporación, sus bases de ejecución y plantilla de personal sin que se hayan presentado reclamaciones, se entiende definitivamente aprobado, lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

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Plantillas de personal

a) Personal funcionario:

Puesto: secretaría-intervención.

Nivel complemento destino: 26.

Observaciones: plaza agrupada con el Ayuntamiento de Puentes Viejas.

b) Personal laboral:

Puesto: auxiliares administrativos.

Plazas: 2.

Observaciones: plazas agrupadas con el Ayuntamiento de Puentes Viejas.

Puesto: limpieza de dependencias municipales.

Plazas: 1.

Puesto: profesora de escuela de adultos.

Plazas: 1.

Puesto: agente de empleo y desarrollo local.

Plazas: 1 (Agrupada con Ayuntamientos de Braojos y La Serna).

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Piñuécar-Gandullas, a 17 de agosto de 2010.—La alcaldesa, Míriam Sierra Álvarez.

(03/33.132/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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