Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
06-09-2010

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100906-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

76
Notificación Unidad de Inspección Tributaria

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y habiéndose intentado la notificación a la interesada o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se pone de manifiesto por el presente anuncio que se encuentra en la Unidad de Inspección Tributaria, pendiente de notificación en período voluntario, la propuesta motivada para apertura del expediente sancionador infracción tributaria, en el concepto que a continuación se relaciona:

Propuesta expediente sancionador infracción tributaria

Expediente. — Año. — Concepto. — Contribuyente. — DNI/CIF. — Domicilio tributario. — Deuda

009/10PV/ITG. — 2010. — Expediente sancionador incomparecencia. — Fernández Montalbo, Yolanda. — 52374111-Y. — Vicente Aleixandre, 9 2 3. — 300 euros.

En virtud de lo anterior, dispongo que el sujeto pasivo, obligado tributario indicado anteriormente o su representante, debidamente acreditado, deberá comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente relación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de lunes a viernes, en la Unidad de Inspección Tributaria, al efecto de practicar la notificación de la referida propuesta de liquidación y expediente sancionador.

Asimismo, se advierte a la interesada de que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Contra las liquidaciones que motivan esta actuación, la interesada deberá interponer recurso de reposición ante el alcalde-presidente dentro del plazo de un mes, a contar desde su notificación (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión (artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Igualmente, podrá interponer cualquier otro recurso que estime procedente, indicándole que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

En Humanes de Madrid, a 10 de agosto de 2010.—El alcalde en funciones, Amalio Rodríguez Martín.

(02/8.502/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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