Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 217

Fecha del Boletín 
10-09-2010

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100910-31

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 6 de agosto de 2010, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas y aprobación del proyecto de ejecución de construcción de una línea, en la calle Coroneles, número 8, en el término municipal de Aranjuez, solicitado por “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”.

2009P538

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 18 de junio de 2009 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, en el que se solicita la autorización administrativa y la aprobación de proyecto de construcción de una línea, del que se acompaña el correpondiente proyecto de ejecución, firmado por don Javier Fernández Mitre, visado con el número 200904294, de fecha 4 de junio de 2009, en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid. Con fecha 24 de marzo de 2010, se dicta Resolución de autorización administrativa y aprobación de proyecto.

Segundo

Con fecha 22 de abril de 2010, se presenta modificado de proyecto visado con fecha 15 de abril de 2010, por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000).

Tercero

Con fecha 5 de mayo de 2010 y 1 de julio de 2010, tienen entrada en esta Dirección General de Industria Energía y Minas escrito de alegaciones de la Asociación de Vecinos por la protección del casco histórico de Aranjuez a la solicitud de “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, para la autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución de una línea en la calle Coroneles, número 8, en el término municipal de Aranjuez.

Cuarto

Conforme el artículo 126 del Real Decreto 1955/2000, dichos escritos de alegaciones fueron trasladados al peticionario para que este, a su vez comunicara lo que estimara pertinente en relación con el expediente referenciado. Dichas contestaciones fueron recibidas en esta Dirección General con fecha 2 de junio de 2010 y 26 de julio de 2010.

Quinto

Con fecha 3 de agosto de 2010, se da respuesta al escrito de alegaciones a la Asociación de Vecinos por la protección del casco histórico de Aranjuez.

Sexto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984); el Decreto 25/2009, de 18 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de marzo de 2009), en relación con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (“Boletín Oficial del Estado” de 28 de noviembre de 1997); el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997); la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007); el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión, Decreto 3151/1968, (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 1968), así como el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, Real Decreto 3275/1982 (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de febrero de 1982) y sus instrucciones técnicas complementarias (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto de 1984).

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, y se han tenido en cuenta todas las alegaciones presentadas, por lo que vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de las atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar a “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, la construcción de una línea subterránea, en la calle Coroneles, número 8, en el término municipal de Aranjuez, cuyas características son las siguientes:

— Una línea subterránea (2009P538 ULE4167), de 2.500 metros de longitud, con origen en CT 28CZ2, con coordenadas UTM: X = 448201 eY = 4431840, y final en apoyo existente en carretera de Madrid a Aranjuez, número 1, con coordenadas UTM: X = 448214 eY = 4432580, intercalando el CT 28PY83, conductor RHZ1 12/20 kV, de 240 milímetros cuadrados en aluminio, simple circuito, tensión 15 kV y los reglamentarios elementos de protección y seccionamiento.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de un año, contado a partir de la fecha de la presente Resolución, al término del cual se presentará la solicitud de acta de puesta en servicio acompañada de un certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

Tercero

La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos.

Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, a 6 de agosto de 2010.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(02/8.437/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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