Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 217

Fecha del Boletín 
10-09-2010

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100910-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO

RÉGIMEN ECONÓMICO

76
Padrón sobre el impuesto de actividades económicas

Aprobado el padrón sobre el impuesto de actividades económicas correspondiente al presente ejercicio, se expone al público por plazo de quince días, para que los interesados puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas.

Asimismo, se anuncia la apertura del período de cobranza del citado impuesto, según el siguiente régimen:

a) Plazo de ingreso: desde el día 1 de octubre al 30 de noviembre del presente año.

b) Modalidad, lugar, días y horas de cobro: los recibos no domiciliados, así como los domiciliados cuyas cuentas carezcan del numerario recibirán en su domicilios documentos de pago por ventanilla, que podrá ser abonado en cualquier sucursal de las siguientes entidades bancarias: “La Caixa”, “Banco Español de Crédito”, “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”.

c) Los contribuyentes que no reciban la documentación en sus domicilios, o que la hubieran extraviado deberán solicitar duplicado en la Oficina de la Recaudación Municipal, sita en la plaza Mayor, número 1, en los días hábiles comprendidos dentro del plazo de ingreso, de nueve a catorce horas.

d) Advertencia: transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio a tenor de lo dispuesto en el artículo 167 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

e) Recursos: recursos de reposición ante la Alcaldía Municipal, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública.

En Collado Mediano, a 16 de agosto de 2010.—La alcaldesa, María José Rubio Sadia.

(02/8.655/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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