Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
14-09-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100914-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

116
Demanda 918 de 2009

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 918 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mercedes Peralta Valtueña, contra la empresa “Gestiones Administrativas Prieto, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 9 de julio de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Debo estimar y estimo la demanda de la actora, doña Mercedes Peralta Valtueña y declaro debida por la empresa demandada a su favor la cantidad de 1.919,40 euros netos.

En consecuencia condeno a la demandada “Gestiones Administrativas Prieto, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por la anterior declaración y a que abone a la actora la cantidad referida de principal.

Asimismo, declaro la mora de la demandada y a la anterior cantidad se le incrementará el 10 por 100 de interés moratorio anual desde la fecha en que debieron percibirse hasta su total pago.

Notifíquese esta sentencia a las partes con la indicación de que contra la misma cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio, justificante de haber ingresado 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con la indicación del número de procedimiento en la sucursal del “Banco Español de Crédito”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria, la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gestiones Administrativas Prieto, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de julio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.400/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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