Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 221

Fecha del Boletín 
15-09-2010

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100915-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 1821/2010, de 3 de septiembre, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el Plan Director de Suministro de Agua de Riego con Agua Reutilizable, en el término municipal de Humanes de Madrid (expediente de expropiación forzosa número 318. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II).

Esta actuación se enmarca en el Plan Madrid dpura, el Plan de Depuración y Reutilización del Agua que la Comunidad de Madrid desarrollará en el período 2005-2010, y cuya ejecución se ha encomendado por la Comunidad de Madrid al Canal de Isabel II. Su objetivo es preservar los recursos hídricos con la vocación de gestionarlos en consonancia con la sostenibilidad medioambiental. Uno de los pilares fundamentales de este Plan es la reutilización de aguas depuradas para el riego de zonas verdes y deportivas, usos industriales y baldeo de calles, como componente esencial de la gestión integral de los recursos hídricos y por tanto al aumento neto de los mismos.

El presente expediente expropiatorio contempla la expropiación de los terrenos necesarios para la construcción del depósito de agua reutilizable de 250 metros cúbicos en una zona clasificada como servicios dotacionales de infraestructuras situada al Noreste del municipio.

Con fecha 21 de septiembre de 2006 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio emitió informe en el que se especifican las condiciones en que deben desarrollarse las obras del proyecto.

Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 25 de marzo de 2008, se aprueba definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del Plan Director de Suministro de Agua de Riego con Agua Reutilizable, en el término municipal de Humanes de Madrid. Se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (en adelante BOCM ) número 107, de 6 de mayo de 2008.

La ejecución del proyecto de referencia requiere que se proceda a tramitar el correspondiente procedimiento de expropiación forzosa con objeto de poder disponer de los terrenos necesarios para llevarlo a cabo.

La declaración de utilidad pública está implícita, en virtud del artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, en relación con la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, una vez formulada la relación de bienes y derechos prevista en el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y en aplicación de su artículo 18,

DISPONGO

Primero

Someter al trámite de Información Pública durante el plazo de quince días la relación de bienes y derechos afectados por el Plan Director de Suministro de Agua de Riego con Agua Reutilizable en el término municipal de Humanes de Madrid (expediente de expropiación número 318. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II), que se adjunta a la presente Orden.

Segundo

La presente Orden será publicada en el BOCM, así como en uno de los diarios de mayor difusión, y además comunicada a los Ayuntamientos en cuyo término radiquen los bienes o derechos objeto de la expropiación, a efectos de que sea expuesta en el tablón de anuncios.

Tercero

La relación de bienes y derechos a que se refiere el apartado primero podrá examinarse durante el mencionado plazo de quince días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOCM, en la División de Expropiaciones del Canal de Isabel II, en la calle Santa Engracia, número 125, 28003 Madrid, de nueve a catorce horas, así como en las dependencias del Ayuntamiento del término municipal donde se ubiquen las parcelas afectadas.

Durante dicho período, los interesados podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, mediante escrito dirigido a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, en la plaza de la Puerta del Sol, número 7, 28013 Madrid.

En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.

Cuarto

Las afecciones que resultan necesarias para la ejecución del proyecto de obra y para permitir y asegurar el posterior mantenimiento y conservación de las infraestructuras, que se reseñan en el Anejo a la presente Orden, se describen como:

— Expropiación (EXP): Para la ubicación de infraestructuras y su conservación. La superficie afectada depende de cada tipo de infraestructura.

En Madrid, a 3 de septiembre de 2010.—El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1472/2009, de 24 de septiembre, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 236, de 5 de octubre de 2009), el Secretario General Técnico, Borja Sarasola Jáudenes.

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PLAN DIRECTOR DE SUMINISTRO DE AGUA DE RIEGO CON AGUA REUTILIZABLE EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE HUMANES DE MADRID. EXPEDIENTE EXPROPIATORIO NÚMERO 318

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(*) En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.

Los datos personales contenidos en este documento serán tratados informáticamente en el fichero “Peticiones de Servicio. Gestión de Servicios (P. E. Asesoría Jurídica, Expropiaciones, Planos)”, y podrán ser cedidos a los órganos jurisdiccionales, además de otras cesiones previstas en la Ley, todo ello de conformidad con el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 8/2001, de 13 de junio, de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Subdirección de Asesoría Jurídica del Canal de Isabel II.

(01/4.113/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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