Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223

Fecha del Boletín 
17-09-2010

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100917-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

108
Procedimiento ordinario 649 de 2006

Doña Carmen Fresneda García, secretaria del Juzgado de lo mercantil número 7 de Madrid.

Certifica: Que en los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución cuyos antecedentes y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 35 de 2010

En Madrid, a 18 de febrero de 2010.—El ilustrísimo señor don Andrés Sánchez Magro, magistrado-juez del Juzgado de lo mercantil número 7 de Madrid, y su partido, habiendo visto los presentes autos de ordinario 649 de 2006, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Pedro Gómez López representado por la procuradora doña Flora Toledo Hontiyuelo y de otra el demandado don José Ramón Pozuelo Molleja.

Fallo

Acuerdo estimar la demanda interpuesta por don Pedro Gómez López representado por la procuradora doña Flora Toledo Hontiyuelo contra don José Ramón Pozuelo Molleja en cuya virtud:

Primero.—Acuerdo condenar al demandado don José Ramón Pozuelo Molleja al pago de la actora de la cantidad de 10.434,55 euros de principal, más los intereses del fundamento jurídico segundo.

Segundo.—Acuerdo condenar a la demandada al pago de las costas de este procedimiento.

Llévese testimonio de la presente a los autos de su razón contra esta sentencia cabe recurso de apelación que se preparará en el plazo de cinco días desde su notificación.

Para interponer recurso, los recurrentes deben consignar el depósito correspondiente, según la disposición adicional decimoquinta de la Ley de Orgánica del Procedimiento Laboral, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, en la cuenta de este Juzgado de la entidad “Banesto” con número 2749, referente al presente procedimiento, bajo el apercibimiento a que hubiere lugar en derecho.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado declarado en rebeldía don José Ramón Pozuelo Molleja, se expide la presente.

En Madrid, a 20 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(02/8.857/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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