Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
18-09-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100918-25

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

25
Menor cuantía 813 de 1999

Doña Raquel González Gallego, secretaria del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de menor cuantía número 813 de 1999, seguidos ante este Juzgado a instancias de doña Carmen Ontañón Martínez, contra don Jesús María Combarros Ontañón, don Fernando Combarros Ontañón e ignorados hijos de don José Rodríguez Argüelles y doña Lloida, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 13 de enero de 2004.—Han sido visto por la ilustrísima señora doña Virginia Villanueva Cabrer, magistrada-juez de primera instancia del número 39 de los de Madrid, los presentes autos de juicio declarativo de menor cuantía número 813 de 1999, promovidos a instancias de doña Carmen Ontañón Martínez, defendida por el letrado don Emilio Bolívar Gómez-Urda, contra don Jesús María Combarros Ontañón, don Fernando Combarros Ontañón, representados por la procuradora doña Lucila Torres Rius, e ignorados hijos de don José Rodríguez Argüelles y doña Lloida, rebeldes en el procedimiento, sobre elevación a escritura pública de contrato privado, recayendo en ellos la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Lucía Gloria Sánchez Nieto, en nombre y representación de doña Carmen Ontañón Martínez, contra don Jesús María Combarros Ontañón, don Fernando Combarros Ontañón y desconocidos hijos de don José Rodríguez Argüelles y su esposa, doña Lloida, debo declarar y declaro que doña Carmen Ontañón Martínez es propietaria del piso cuarto derecha del número 16 de la calle General Sanjurjo (en la actualidad calle José Abascal), vuelta a la de Ponzano, en virtud de contrato privado de compra de fecha 14 de abril de 1984, concertado con don Máximo Valentín Ontañón Martínez, y por ello tiene derecho al otorgamiento a su favor de la correspondiente escritura pública de compraventa del referido piso en Madrid, a fin de inscribir su dominio en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Debo condenar y condeno a los demandados a que eleven a escritura pública el contrato de celebrado, bajo apercibimiento de ser verificado de oficio.

No procede expresa condena en costas.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que sirva de notificación en forma a los demandados desconocidos hijos de don José Rodríguez Argüelles y su esposa, doña Lloida, se extiende la presente.

En Madrid, a 9 de julio de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/8.961/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100918-25