Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
20-09-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100920-14

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de la Vicealcaldía

Secretaría General Técnica

14
Subvenciones entidades deportivas 2009/2010

Convocatoria de subvenciones dirigida a entidades deportivas sin ánimo de lucro del municipio de Madrid para la realización de actividades deportivas y competición durante la temporada 2009/2010. (Decreto vicealcalde de 4 de junio, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 148, de 23 de junio de 2010).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 de las bases de la convocatoria, se hace público que la publicación íntegra del listado provisional de solicitudes admitidas se encontrará expuesto, a partir del próximo 24 de septiembre, en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es), requiriendo a las entidades para que subsanen los defectos observados en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación en el citado tablón de anuncios, advirtiéndose de que, en caso de no subsanarlos, se los tendrá por desistidos de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las subsanaciones pordrán ser presentadas en el registro de la Vicealcaldía o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 8 de septiembre de 2010—La secretaria general técnica, Casilda Méndez Magán.

(03/34.254/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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