Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
24-09-2010

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100924-86

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO

OFERTAS DE EMPLEO

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Bases específicas y convocatoria puestos administrativos

Por resolución de la Presidencia 43/2010 se han aprobado las bases específicas y convocatoria que regirán el proceso selectivo para la selección por el sistema de promoción interna por concurso-oposición para la provisión definitiva del puesto de trabajo de administrativo de Administración General sometidos al régimen laboral, incluido en la relación de puestos de trabajo aprobada por este Patronato de Educación y Cultura y por el Pleno municipal.

Bases específicas y convocatoria para la selección por el sistema de promoción interna por concurso-oposición para la provisión definitiva de los puestos de trabajo de administrativos de Administración General sometidos al régimen laboral, incluido en la relación de puestos de trabajo aprobada por este Patronato de Educación y Cultura y por el Pleno Municipal

Denominación de la plaza

Es objeto de la presente convocatoria cubrir de forma definitiva el puesto de trabajo de administrativo, incluido en la plantilla de personal laboral del Patronato de Educación y Cultura de Ayuntamiento de Mejorada del Campo, publicada en la Oferta de Empleo Público 2009.

Bases que regirán el proceso selectivo

El proceso selectivo se regirá por las bases generales aprobadas por resolución 178/2010, de 2 de marzo, de la Alcaldía-Presidencia, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 73, de 26 de marzo de 2010, modificadas por decreto de la Alcaldía 581/2010, de 9 de julio, además de las específicas que a continuación se detallan.

Procedimiento de selección

El proceso de selección de los aspirantes consistirá en concurso-oposición de promoción interna en el que se calificarán los méritos de los aspirantes y la experiencia laboral y curso de formación, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

Composición del tribunal de selección

Estará compuesta de la forma prevista en la base quinta de las generales.

Requisitos

Para ser admitido/a al concurso los aspirantes deberán reunir en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

— Estar en posesión de la titulación académica de Bachiller Superior o equivalente y haber prestado servicios al menos cinco años en el Patronato de Educación y Cultura del Ayuntamiento de Mejorada del Campo (Madrid) como auxiliar de Administración General de carácter laboral fijo o indefinido o bien estar en posesión de la titulación académica de Graduado Escolar o equivalente y haber prestado servicios al menos durante diez años en el Patronato de Educación y Cultura como auxiliar de Administración General de carácter laboral fijo o indefinido.

— No estar incurso en incompatibilidad prevista en la Ley 53/1984 y Real Decreto 598/1985.

Presentación de solicitudes

Se presentarán en el plazo y forma establecidos en la base tercera de las generales.

Valoración de méritos

La puntuación total máxima será de 10 puntos.

Puntuación mínima

Los interesados deberán contar con una puntuación mínima del 30 por 100 de la puntuación total del concurso y del 50 por 100 del curso práctico presencial de formación para obtener el puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria.

Sistema de selección

El sistema de selección será el de concurso de promoción interna y superación de curso práctico presencial de formación relacionado con el puesto, atendiendo a los criterios señalados a continuación:

1. Concurso.—Se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes de acuerdo al siguiente baremo:

a) Permanencia:

— Por haber prestado servicios al menos durante cinco años ininterrumpidamente en el Patronato de Educación y Cultura de Mejorada del Campo como auxiliar de Administración General de carácter laboral fijo o indefinido.

Puntuación: 4 puntos.

b) Antigüedad:

— Por cada año más de servicios prestados en la Administración Local se valorará 0,25 puntos por año.

Puntuación máxima: 1,5 puntos.

— Por cada año de servicios prestados en cualquier otra Administración Pública se valorará 0,25 puntos por año.

Puntuación máxima: 1,5 puntos.

Para la valoración de los apartados a), b) y c) se deberá acreditar de forma fehaciente.

c) Cursos de formación:

— Por cada curso impartido por centros acreditados, públicos o privados, relacionados con las Administraciones Públicas se valorará:

l Por cada curso, jornada o seminario de menos de veinte horas se valorará 0,20 puntos.

l Por cada curso de veinte horas a cincuenta horas se valorará 0,30 puntos.

l Por cada curso de más de cincuenta y hasta cien horas se valorará 0,40 puntos.

l Por cada curso de más de cien horas se valorará 0,50 puntos.

Puntuación máxima: 3 puntos.

2. Oposición.—Constará de las siguientes partes:

a) Curso práctico presencial:

— Consistirá en superar un curso presencial práctico relacionado con las funciones a desempeñar de cuarenta horas de duración que se impartirá en el Centro de Empresas de Mejorada del Campo (Madrid). El profesorado lo determinará el tribunal de selección y responderá al principio de especialización.

Puntuación máxima: 7 puntos.

Será obligatoria la asistencia al mismo de, al menos, el 80 por 100 de las horas lectivas de que consta el curso.

b) Memoria:

— Consistirá en la realización de una memoria relacionada con el puesto de trabajo a desempeñar y se determinará en el curso práctico, se hará por escrito a ordenador, no superando más de 10 páginas en formato A4 a un espacio y por una cara y que el aspirante deberá leer y defender ante el tribunal calificador.

Puntuación máxima: 3 puntos.

Calificación definitiva

Vendrá determinada por la suma total de los puntos de los méritos valorables de la fase de concurso y los de la fase oposición.

El tribunal de selección elevará propuesta de nombramiento para la provisión definitiva del puesto a un único aspirante, si bien relacionará los que hayan obtenido una puntuación igual o superior al 30 por 100 de la puntuación total del concurso y el 50 por 100 del curso práctico de formación para obtener el puesto de trabajo objeto de concurso a efectos de sustitución del candidato propuesto si, por cualquier causa, este no fuera nombrado o no tomara posesión del puesto de trabajo.

Régimen de recursos

Las presentes bases, convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ellas, podrán ser impugnadas en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Mejorada del Campo, a 6 de septiembre de 2010.—La presidenta, Verónica Arriscado Rodríguez.

(03/34.399/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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