Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
24-09-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100924-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

150
Ejecución 77 de 2009

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 77 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jaime Meléndez Redondo contra la empresa “Osvaldo Joaquim Batica Ferreira”, sobre despido, se ha dictado decreto de fecha 28 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Osvaldo Joaquim Batica Ferreira”, en situación de insolvencia total, por importe de 4.706,54 euros de principal más 950 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado, y sin prejuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial advirtiéndose de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Osvaldo Joaquim Batica Ferreira”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de julio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.714/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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