Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
24-09-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100924-167

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

167
Demanda 804 de 2009-MO

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda 804 de 2009-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gustavo Valtierra Cofrades y don Omar Vilca Núñez contra la empresa “Cemen Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: sentencia número 437/10 de 26 de julio de 2010.

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por don Gustavo Valtierra Cofrades y don Omar Vilca Núñez contra “Cemen Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, condenando a la empresa demandada a abonar a:

1.o Don Gustavo Valtierra Cofrades la cantidad de 4.831,02 euros más el 10 por 100 de interés por mora.

2.o Don Omar Vilca Núñez la cantidad de 4.831,02 euros más el 10 por 100 de interés por mora.

Debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial sin prejuicio de lo establecido en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles de que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se hará en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma “Cemen, Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 29 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.650/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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