Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
25-09-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100925-57

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

57
Ejecución 132 de 2010

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 132 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mohammed Adriduach, contra la empresa “Reciclajes de Palés Transicar, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto del día de la fecha, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Magistrada-juez de lo social, señora doña Pilar Varas García.—En Madrid, a 29 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, don Mohammed Adriduach, frente a “Reciclajes de Palés Transicar, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 4.581,76 euros en concepto de principal, más otros 916,34 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución y a la demandada en ignorado paradero por medio de edictos.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Decreto

Secretaria judicial, doña Enriqueta Salvador Fernández.—En Madrid, a 29 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo de los bienes de “Reciclajes de Palés Transicar, Sociedad Limitada”, por la cuantía de 4.581,17 euros en concepto de principal en intereses de mora, más otros 916,34 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad: averiguación de bienes por medio del Punto Neutro de este Juzgado, oficios a las entidades bancarias, a la Agencia Estatal Tributaria.

Se acuerda el embargo de los vehículos propiedad de la apremiada que a continuación se describen con los datos de identificación conocidos:

Matrícula: M-5597-TW.

Marca: “Opel”.

Modelo: Vectra B-CC.

Número de bastidor/número de chasis, en su caso: W01000038T5256496.

Matrícula: E6582BFF.

Marca: “Aesaheli”.

Modelo: carretilla elevadora.

Número de bastidor/número de chasis, en su caso: 01015A4252.

Matrícula:M-7549-WN.

Marca: “Nissan”.

Modelo: Eco T 100.

Número de bastidor/número de chasis, en su caso: VWAL5624XWA406213.

Matrícula: 8479FSF.

Marca: “Ford”.

Modelo: Focus.

Número de bastidor/número de chasis, en su caso: WF05XXWPD57Y74522.

Matrícula: 8424FPR.

Marca: “Nissan”.

Modelo: Atleón.

Número de bastidor/número de chasis, en su caso: VWANFFTK064007340.

Matrícula: 2045FMY.

Marca: “Ford”.

Modelo: Transit Connect.

Número de bastidor/número de chasis, en su caso: WF0GXXTTPG6A20999.

Matrícula: 5408DNY.

Marca: “Nissan”.

Modelo: Atleón.

Número de bastidor/número de chasis, en su caso: VWANBFTK053422329.

Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre señor registrador de Bienes Muebles Provincial, sección de automóviles y otros vehículos de motor obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre el vehículo indicado, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral) y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado. Remítase, asimismo, el mandamiento por fax al Registro de Bienes Muebles a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

Ofíciese a Servicio Común de comunicación a fin de que procedan a embargo de bienes de la demandada “Reciclajes de Palés Transicar, Sociedad Limitada”, a quien servirá el testimonio de la presente de suficiente mandamiento en forma.

Notifíquese la presente resolución a las partes, a Fondo de Garantía Salarial y a la demandada por medio de edictos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Reciclajes de Palés Transicar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.775/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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