Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
27-09-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100927-169

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

169
Demanda 1.095 de 2009

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.095 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Virginia Julián Agresor, contra doña Margarita Romero Gallardo, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado el siguiente auto de admisión a trámite de la demanda y citación a los actos de conciliación y/o juicio del día 29 de septiembre de 2010, a las once y quince horas, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 25 de septiembre de 2009.

La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con fecha 31 de julio de 2009 ha correspondido a este Juzgado de lo social por el turno de reparto la demanda presentada por doña Virginia Julián Agresor, contra doña Margarita Romero Gallardo, en materia de procedimiento ordinario, de lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 25 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 29 de septiembre de 2010, a las once y quince horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Al primer otrosí, se tiene por hecha la manifestación de asistencia letrada.

Al segundo otrosí, ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión de doña Margarita Romero Gallardo.

A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio, siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se la cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieren las preguntas. Ha lugar a la documental solicitada, debiendo la demandada aportarla en el acto del juicio. A la testifical, cuando se proponga se acordará.

Notifíquese esta resolución a las partes.—La magistrada-juez de lo social, Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Margarita Romero Gallardo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.177/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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