Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
28-09-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100928-198

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

198
Demanda 963 de 2009

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 963 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Torres Obrero, contra la empresa “Networks Telecomunications Telemática, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 17 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 117 de 2010

En Madrid, a 17 de marzo de 2010.—Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 963 de 2009, sobre reclamación de cantidad, en los que han sido partes: como demandante, don Daniel Torres Obrero, asistido del letrado don Alfredo Gómez-Salcedo, y como demandada, la empresa “Networks Telecomunications Telemática, Sociedad Limitada Unipersonal”, que no comparece al acto de juicio, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Daniel Torres Obrero, contra la empresa “Networks Telecomunications Telemática, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo declarar y declaro el derecho del demandante a percibir la cantidad de 1.146,56 euros por los conceptos que se dicen en el hecho probado segundo de esta sentencia, así como la cantidad que corresponda en concepto de intereses de mora de acuerdo con lo expresado en el fundamento de derecho tercero, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración y a abonar al demandante los citados importes.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber a las partes que la misma es firme y que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Networks Telecomunications Telemática, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de agosto de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.159/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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