Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
28-09-2010

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100928-101

Páginas: 9


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO

OFERTAS DE EMPLEO

101
Bases específicas y convocatoria dos ayudantes de albañilería

Se hacen públicas las bases específicas de las convocatorias para la provisión definitiva de puestos de trabajo de dos ayudantes de albañilería, un oficial electricista, cuatro oficiales de jardinería y un capataz de turno de tarde en el Ayuntamiento de Mejorada del Campo, aprobadas por Resolución 756/2010, de 14 de septiembre, de la Alcaldía-Presidencia, por el sistema de promoción interna por concurso-oposición:

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN, POR SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA POR CONCURSO-OPOSICIÓN, PARA LA PROVISIÓN DEFINITIVA DE DOS PUESTOS DE TRABAJO DE AYUDANTES DE ALBAÑILERÍA, SOMETIDOS AL RÉGIMEN LABORAL, INCLUIDOS EN LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO APROBADA POR ESTE AYUNTAMIENTO

Denominación del puesto

Es objeto de la presente convocatoria cubrir de forma definitiva los puestos de trabajo de dos ayudantes de albañilería, incluidos en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, publicada en la Oferta de Empleo Público 2009.

Bases que regirán el proceso selectivo

El proceso selectivo se regirá por las bases generales aprobadas por Resolución 178/2010, de 2 de marzo, de la Alcaldía-Presidencia, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 73, de 26 de marzo de 2010, modificadas por Decreto de Alcaldía 581/2010, de 9 de julio, además de las específicas que a continuación se detallan.

Procedimiento de selección

El proceso de selección de los aspirantes consistirá en concurso-oposición de promoción interna, en el que se calificarán los méritos de los aspirantes, experiencia laboral y curso de formación, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

Composición del tribunal de selección

Estará compuesta de la forma prevista en la base quinta de las generales.

Requisitos

Los aspirantes deberán de reunir, además de los requisitos establecidos en las bases generales, los siguientes contemplados en las presentes bases específicas:

— Estar prestando servicios como personal laboral, con la categoría de peón en el Departamento de Obras y Servicios del Ayuntamiento, realizando funciones de albañilería, debidamente acreditado.

— Estar en posesión de la titulación académica de Graduado Escolar o titulación homóloga.

— No estar incurso en incompatibilidad prevista en la Ley 53/1984, y Real Decreto 598/1985.

— Tener una antigüedad mínima de, al menos, diez años como personal laboral fijo o indefinido en este Ayuntamiento.

Presentación de solicitudes

Se presentarán en el plazo y forma establecidos en la base tercera de las generales.

Valoración de méritos

La puntuación total máxima será de 10 puntos.

Puntuación mínima

Los interesados deberán contar con una puntuación mínima del 30 por 100 de la puntuación total del concurso y del 50 por 100 del curso práctico presencial de formación para obtener el puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria.

Sistema de selección

El sistema de selección será el de concurso de promoción interna y superación de curso práctico presencial de formación relacionado con el puesto, atendiendo al siguiente baremo:

1. Concurso (méritos valorables):

a) Permanencia:

— Por haber prestado servicios ininterrumpidamente en el Departamento de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, al menos, durante diez años.

Puntuación: 4 puntos.

b) Antigüedad:

— Por cada año más de servicios prestados en la Administración Local, se va­lorará 0,30 puntos por año.

Puntuación máxima: 1 punto.

c) Experiencia profesional:

— Por estar prestando servicios en el Departamento de Obras y Servicios de Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes de la Comunidad de Madrid, al menos, por espacio de cinco años.

Puntuación: 1 punto.

— Se valorará atendiéndose principalmente, al hecho de haber realizado funciones iguales o similares, según RPT a las del puesto de ayudante de albañil y que son las de ejecución de tareas para cuya realización se requiere principalmente la aportación del esfuerzo físico y la atención y tareas que requiera una cierta práctica y especial habilidad propias de su oficio, colaboración y ayuda en aquellos trabajos que perteneciendo a una especialidad conexa a la propia se requieran según las necesidades del servicio; la preparación y realización de los trabajos de los oficiales según instrucciones recibidas, y utilización de todo tipo de herramientas, maquinaria y útiles del oficio que no requieran la especialización de un oficial.

Para la valoración de este apartado, se deberá aportar informe del capataz del Departamento o Área al que estuviera adscrito el trabajador que justifique las funciones desempeñadas.

Puntuación: 2,5 puntos.

d) Cursos de formación:

— Por cada curso específico relacionado con el puesto a desempeñar, se valorará:

l Por cada curso de 2 horas o más y menos de 50 horas se valorará 0,30 puntos.

l Por cada curso de 50 horas o más y menos de 100 horas se valorará 0,40 puntos.

l Por cada curso de 100 horas o más se valorará 0,50 puntos.

Puntuación máxima: 1,50 puntos.

2. Oposición:

— Consistirá en superar un curso presencial práctico relacionado con las funciones a desempeñar de cuarenta horas de duración, que se impartirá en el Centro de Empresas de Mejorada del Campo (Madrid). El profesorado lo determinará el tribunal de selección y responderá al principio de especialización.

Puntuación máxima: 10 puntos.

Calificación definitiva

Vendrá determinada por la suma total de los puntos de los méritos valorables de la fase de concurso y los de la fase de oposición.

El tribunal de selección elevará propuesta de nombramiento para la provisión definitiva del puesto a un único aspirante, si bien, relacionará los que hayan obtenido una puntuación igual o superior al 30 por 100 de la puntuación total del concurso y el 50 por 100 del curso práctico de formación para obtener el puesto de trabajo, a efectos de sustitución del candidato propuesto si, por cualquier causa este no fuera nombrado o no tomara posesión del puesto de trabajo.

Régimen de recursos

Las presentes bases, convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ellas, podrán ser impugnadas en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN, POR SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA POR CONCURSO-OPOSICIÓN, PARA LA PROVISIÓN DEFINITIVA DE UN PUESTO DE TRABAJO DE OFICIAL ELECTRICISTA, SOMETIDO AL RÉGIMEN LABORAL, INCLUIDO EN LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO APROBADA POR ESTE AYUNTAMIENTO

Denominación del puesto

Es objeto de la presente convocatoria cubrir de forma definitiva el puesto de trabajo de oficial 1.a electricista, incluido en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de ­Mejorada del Campo, publicada en la Oferta de Empleo Público 2009.

Bases que regirán el proceso selectivo

El proceso selectivo se regirá por las bases generales aprobadas por Resolución 178/2010, de 2 de marzo, de la Alcaldía-Presidencia, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 73, de 26 de marzo de 2010, modificadas por Decreto de Alcaldía 581/2010, de 9 de julio, además de las específicas que a continuación se detallan.

Procedimiento de selección

El proceso de selección de los aspirantes consistirá en concurso-oposición de promoción interna, en el que se calificarán los méritos de los aspirantes, experiencia laboral y curso de formación, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

Composición del tribunal de selección

Estará compuesta de la forma prevista en la base quinta de las generales.

Requisitos

Los aspirantes deberán de reunir, además de los requisitos establecidos en las bases generales, los siguientes contemplados en las presentes bases específicas:

— Estar prestando servicios como personal laboral, con la categoría de ayudante electricista, en el Departamento de Obras y Servicios de este Ayuntamiento.

— Estar en posesión de la titulación académica de Módulo de Grado Superior u homólogo, rama: Electricidad; Especialidad: de Instalaciones y Líneas Eléctricas o la equivalencia de la titulación a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 365/1995.

— No estar incurso en incompatibilidad prevista en la Ley 53/1984 y Real Decreto 598/1985.

— Tener una antigüedad mínima de, al menos, diez años como personal laboral fijo o indefinido en este Ayuntamiento.

— Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.

Presentación de solicitudes

Se presentarán en el plazo y forma establecidos en la base tercera de las generales.


Valoración de méritos

La puntuación total máxima será de 10 puntos.

Puntuación mínima

Los interesados deberán contar con una puntuación mínima del 30 por 100 de la puntuación total del concurso y del 50 por 100 del curso práctico presencial de formación para obtener el puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria.

Sistema de selección

El sistema de selección será el de concurso de promoción interna y superación de curso práctico presencial de formación relacionado con el puesto, atendiendo al siguiente baremo:

1. Concurso (méritos valorables):

a) Permanencia:

— Por haber prestado servicios ininterrumpidamente en el Departamento de Obras y Servicios como ayudante electricista en el Ayuntamiento de Mejorada del Campo y sus Patronatos, ejerciendo funciones de mantenimiento, reparación de instalaciones y equipos eléctricos y apoyo a las de nivel superior, al menos, durante diez años.

Puntuación: 4 puntos.

b) Antigüedad:

— Por cada año más de servicios prestados en la Administración Local, se va­lorará 0,30 puntos por año.

Puntuación máxima: 1 punto.

c) Experiencia profesional:

— Por haber ejercido funciones de apoyo a las de nivel superior, realización y supervisión de tareas de personal a su cargo, con cuadrilla no superior a cuatro trabajadores, en Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes de la Comunidad de Madrid, al menos, por espacio de cinco años.

Puntuación: 1,50 puntos.

— Por cada año más, se valorará 0,25 puntos por año.

Puntuación máxima: 0,50 puntos.

d) Cursos de formación:

— Por cada curso específico en materia de instalaciones eléctricas y mante­nimiento, se valorará:

l Por cada curso de 2 horas o más y menos de 50 horas se valorará 0,30 puntos.

l Por cada curso de 50 horas o más y menos de 100 horas se valorará 0,40 puntos.

l Por cada curso de 100 horas o más se valorará 0,50 puntos.

Puntuación máxima: 1,50 puntos.

— Por cada curso relacionado con la prevención de riesgos laborales y protección contra incendios y maquinaria utilizada en el puesto, se valorará:

l Por cada curso de 2 horas o más y menos de 50 horas se valorará 0,30 puntos.

l Por cada curso de 50 horas o más y menos de 100 horas se valorará 0,40 puntos.

l Por cada curso de 100 horas o más se valorará 0,50 puntos.

Puntuación máxima: 1,50 puntos.

2. Oposición:

— Consistirá en superar un curso presencial práctico relacionado con las funciones a desempeñar de cuarenta horas de duración, que se impartirá en el Centro de Empresas de Mejorada del Campo (Madrid). El profesorado lo determinará el tribunal de selección y responderá al principio de especialización.

Puntuación máxima: 10 puntos.

Calificación definitiva

Vendrá determinada por la suma total de los puntos de los méritos valorables de la fase de concurso y los de la fase de oposición.

El tribunal de selección elevará propuesta de nombramiento para la provisión definitiva del puesto a un único aspirante, si bien, relacionará los que hayan obtenido una puntuación igual o superior al 30 por 100 de la puntuación total del concurso y el 50 por 100 del curso práctico de formación para obtener el puesto de trabajo, a efectos de sustitución del candidato propuesto si, por cualquier causa este no fuera nombrado o no tomara posesión del puesto de trabajo.

Régimen de recursos

Las presentes bases, convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ellas, podrán ser impugnadas en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN, POR SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA POR CONCURSO-OPOSICIÓN, PARA LA PROVISIÓN DEFINITIVA DE CUATRO PUESTOS DE TRABAJO DE OFICIALES DE JARDINERÍA, SOMETIDOS AL RÉGIMEN LABORAL, INCLUIDOS EN LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO APROBADA POR ESTE AYUNTAMIENTO

Denominación del puesto

Es objeto de la presente convocatoria cubrir de forma definitiva los puestos de trabajo de cuatro oficiales de jardinería, incluidos en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, publicada en la Oferta de Empleo Público 2009.

Bases que regirán el proceso selectivo

El proceso selectivo se regirá por las bases generales aprobadas por Resolución 178/2010, de 2 de marzo de la Alcaldía-Presidencia, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 73, de 26 de marzo de 2010, modificadas por Decreto de ­Alcaldía 581/2010, de 9 de julio, además de las específicas que a continuación se detallan.

Procedimiento de selección

El proceso de selección de los aspirantes consistirá en concurso-oposición de promoción interna, en el que se calificarán los méritos de los aspirantes, experiencia laboral y curso de formación, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

Composición del tribunal de selección

Estará compuesta de la forma prevista en la base quinta de las generales.

Requisitos

Los aspirantes deberán de reunir, además de los requisitos establecidos en las bases generales, los siguientes contemplados en las presentes bases específicas:

— Estar prestando servicios como personal laboral, con la categoría de Ayudante en el Departamento de Jardinería de este Ayuntamiento.

— Estar en posesión de la titulación académica de Módulo de Grado Superior u homólogo; o la equivalencia de la titulación a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 365/1995.

— No estar incurso en incompatibilidad prevista en la Ley 53/1984 y Real Decreto 598/1985.

— Tener una antigüedad mínima de, al menos, diez años como personal laboral fijo o indefinido en este Ayuntamiento.

— Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.

Presentación de solicitudes

Se presentarán en el plazo y forma establecidos en la base tercera de las generales.

Valoración de méritos

La puntuación total máxima será de 10 puntos.

Puntuación mínima

Los interesados deberán contar con una puntuación mínima del 30 por 100 de la puntuación total del concurso y del 50 por 100 del curso práctico presencial de formación para obtener el puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria.

Sistema de selección

El sistema de selección será el de concurso de promoción interna y superación de curso práctico presencial de formación relacionado con el puesto, atendiendo al siguiente baremo:

1. Concurso (méritos valorables):

a) Permanencia:

— Por haber prestado servicios ininterrumpidamente en el Departamento de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, al menos, durante diez años.

Puntuación: 4 puntos.

b) Antigüedad:

— Por cada año más de servicios prestados en la Administración Local, se va­lorará 0,30 puntos por año.

Puntuación máxima: 1 punto.

c) Experiencia profesional:

c1) Por estar prestando servicios en el Departamento de Jardinería de Ayun­tamientos de más de 20.000 habitantes de la Comunidad de Madrid, al menos, por espacio de cinco años. Se deberá aportar informe del capataz del Departamento o Área correspondiente que acredite dicha prestación de servicios.

Puntuación máxima: 1 punto.

c2) Además, se valorará al hecho de haber realizado funciones iguales o similares según RPT a las del puesto de oficial de jardinería y que son la utilización de todo tipo de herramientas, maquinaria y útiles del oficio velando por la conservación y el buen uso; conducción de vehículos con permiso de la clase B; realización de operaciones y funciones de forma autónoma y adoptando decisiones que favorecen la realización del servicio; establece métodos, formas de trabajo o normas de actuación que afecten a la mejor operatividad y servicio, y manejo de materiales o herramientas especialmente nocivos, tóxicos y/o peligrosos.

Para la valoración de este apartado, se deberá aportar informe del capataz del Departamento o Área al que estuviera adscrito el trabajador, que justifique la efectividad del desempeño de las funciones de oficial de jardinería y el tiempo que se hayan realizado, valorándose a razón de 0,50 puntos por cada año justificado.

Puntuación máxima: 2,5 puntos.

En el supuesto de empate entre varios aspirantes de este apartado c), se entenderá que prevalece la puntuación del que tenga reconocida con anterioridad la categoría de ayudante.

d) Cursos de formación:

— Por cada curso específico relacionado con el puesto a desempeñar, se valorará:

l Por cada curso de 2 horas o más y menos de 50 horas se valorará 0,30 puntos.

l Por cada curso de 50 horas o más y menos de 100 horas se valorará 0,40 puntos.

l Por cada curso de 100 horas o más se valorará 0,50 puntos.

Puntuación máxima: 1,5 puntos.

2. Oposición:

— Consistirá en superar un curso presencial práctico relacionado con las funciones a desempeñar de cuarenta horas de duración, que se impartirá en el Centro de Empresas de Mejorada del Campo (Madrid). El profesorado lo determinará el tribunal de selección y responderá al principio de especialización.

Puntuación máxima: 10 puntos.

Calificación definitiva

Vendrá determinada por la suma total de los puntos de los méritos valorables de la fase de concurso y los de la fase de oposición.

El tribunal de selección elevará propuesta de nombramiento para la provisión definitiva de los puestos a los tres aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación, si bien, relacionará los que hayan obtenido una puntuación igual o superior al 30 por 100 de la puntuación total del concurso y el 50 por 100 del curso práctico de formación para obtener el puesto de trabajo, a efectos de sustitución del candidato propuesto si, por cualquier causa este no fuera nombrado o no tomara posesión del puesto de trabajo.

Régimen de recursos

Las presentes bases, convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ellas, podrán ser impugnadas en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN, POR SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA POR CONCURSO-OPOSICIÓN, PARA LA PROVISIÓN DEFINITIVA DE UN PUESTO DE TRABAJO DE CAPATAZ DEL TURNO DE TARDE, SOMETIDO AL RÉGIMEN LABORAL, INCLUIDO EN LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO APROBADA POR ESTE AYUNTAMIENTO

Denominación del puesto

Es objeto de la presente convocatoria cubrir de forma definitiva el puesto de trabajo de capataz de turno de tarde, incluido en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, publicada en la Oferta de Empleo Público 2009.

Bases que regirán el proceso selectivo

El proceso selectivo se regirá por las bases generales aprobadas por Resolución 178/2010, de 2 de marzo, de la Alcaldía-Presidencia, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 73, de 26 de marzo de 2010, modificadas por Decreto de Alcaldía 581/2010, de 9 de julio, además de las específicas que a continuación se detallan.

Procedimiento de selección

El proceso de selección de los aspirantes consistirá en concurso-oposición de promoción interna, en el que se calificarán los méritos de los aspirantes, experiencia laboral y curso de formación, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

Composición del tribunal de selección

Estará compuesta de la forma prevista en la base quinta de las generales.

Requisitos

Los aspirantes deberán de reunir, además de los requisitos establecidos en las bases generales, los siguientes contemplados en las presentes bases específicas:

— Estar prestando servicios como personal laboral, con la categoría de oficial 1.a en el Departamento de Obras y Servicios de este Ayuntamiento.

— Estar en posesión de la titulación académica de Bachiller Superior o la equivalencia de la titulación a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 365/1995.

— No estar incurso en incompatibilidad prevista en la Ley 53/1984 y Real Decreto 598/1985.

— Tener una antigüedad mínima de, al menos, diez años como personal laboral fijo o indefinido en este Ayuntamiento.

— Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.

Presentación de solicitudes

Se presentarán en el plazo y forma establecidos en la base tercera de las generales.

Valoración de méritos

La puntuación total máxima será de 10 puntos.

Puntuación mínima

Los interesados deberán contar con una puntuación mínima del 30 por 100 de la puntuación total del concurso y del 50 por 100 del curso práctico presencial de formación para obtener el puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria.

Sistema de selección

El sistema de selección será el de concurso de promoción interna y superación de curso práctico presencial de formación relacionado con el puesto, atendiendo al siguiente baremo:

1. Concurso (méritos valorables):

a) Permanencia:

— Por haber prestado servicios ininterrumpidamente en el Departamento de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, al menos, durante diez años.

Puntuación: 4 puntos.

b) Antigüedad:

— Por cada año más de servicios prestados en la Administración Local, se va­lorará 0,30 puntos por año.

Puntuación máxima: 1 punto.

c) Experiencia profesional:

c1) Por estar prestando servicios efectivos en el Departamento de Obras y Servicios en Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes de la Comunidad de Madrid, al menos, por espacio de cinco años. Se deberá aportar informe del encargado del Departamento o Área correspondiente, que acredite dicha prestación de servicios.

Puntuación máxima: 1 punto.

c2) Se valorara atendiéndose principalmente, al hecho de haber realizado funciones de capataz de Obras y Servicios y que son entre otras las de:

— Distribuir y supervisar los trabajos a realizar por el colectivo a sus órdenes indicando la forma y medios a emplear y velando por la calidad de los trabajos realizados.

— Responsabilizarse de la seguridad y organización del personal, así como de los medios materiales y mecánicos a su cargo.

— Efectuar el recuento e inventario de dichos medios y prever su reposición necesaria; elaborar solicitudes de pedido.

— Llevar a cabo el control del personal a su cargo: calendarios, horarios, permisos, acomodo en vestuario, transporte, permanencia en tajos, rendimiento, etcétera.

— Elaborar partes diarios, indicando: trabajos realizados, horas invertidas, materiales empleados, control del personal a su cargo, incidencias del servicio, así como cualquier otra que se le indique por el superior jerárquico o sea de resaltar por la especialidad del servicio.

— Interpretar planos de conjunto y de detalle. Realizar mediciones y valoraciones económicas de horas y materiales.

— Preparar los informes que en función con su cometido le sean solicitados por el encargado general.

— Cuidar de que las dependencias e instalaciones a su cargo se encuentren siempre en perfecto estado de funcionamiento y uso.

— Detectar desperfectos y/o malas condiciones procediendo a informar de los mismos al encargado general.

— Deberá hallarse presente en el inicio y fin de las actividades del personal a su cargo, así como atender las incidencias que se produzcan con motivo de la realización de trabajos por personal a su mando.

— Conducir turismos y furgonetas.

Para la valoración de este apartado, se deberá aportar informe del encargado de Obras y Servicios del Ayuntamiento que justifique las funciones desempeñadas.

Puntuación máxima: 2,5 puntos.

d) Cursos de formación:

— Por cada curso específico relacionado con el puesto a desempeñar, se valorará:

l Por cada curso de 2 horas o más y menos de 50 horas se valorará 0,30 puntos.

l Por cada curso de 50 horas o más y menos de 100 horas se valorará 0,40 puntos.

l Por cada curso de 100 horas o más se valorará 0,50 puntos.

Puntuación máxima: 1,5 puntos.

2. Oposición:

— Consistirá en superar un curso presencial práctico relacionado con las funciones a desempeñar de cuarenta horas de duración, que se impartirá en el Centro de Empresas de Mejorada del Campo (Madrid). El profesorado lo determinará el tribunal de selección y responderá al principio de especialización.

Puntuación máxima: 10 puntos.

Calificación definitiva

Vendrá determinada por la suma total de los puntos de los méritos valorables de la fase de concurso y los de la fase de oposición.

afo alineacion="justificada">El tribunal de selección elevará propuesta de nombramiento para la provisión definitiva del puesto a un único aspirante, si bien, relacionará los que hayan obtenido una puntuación igual o superior al 30 por 100 de la puntuación total del concurso y el 50 por 100 del curso práctico de formación para obtener el puesto de trabajo, a efectos de sustitución del candidato propuesto si, por cualquier causa este no fuera nombrado o no tomara posesión del puesto de trabajo.

Régimen de recursos

Las presentes bases, convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ellas, podrán ser impugnadas en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Mejorada del Campo, a 15 de septiembre de 2010.—El alcalde, Fernando Peñaranda Carralero.

(03/35.434/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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