Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
28-09-2010

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100928-93

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

93
Aprobación expedientes modificaciones crédito

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en fecha 29 de julio de 2010 sobre los expedientes de modificaciones de crédito números 20, 23, 24 y 25/2010, con la modalidad de suplemento de crédito y números 21 y 22/2010 con la modalidad de crédito extraordinario, que se hace público resumido por capítulos:

1. Modificación de crédito 20/2010:

— Altas en aplicaciones de gastos. Capítulo 6. 4.510 euros.

Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 36 del Real Decreto 500/1990, con anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones:

— Bajas en concepto de gastos. Capítulo 2. 4.510 euros.

2. Modificación de crédito 21/2010:

— Altas en aplicaciones de gastos. Capítulo 6. 4.500 euros.

Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 36 del Real Decreto 500/1990, con anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones:

— Bajas en concepto de gastos. Capítulo 2. 4.500 euros.

3. Modificación de crédito 22/2010:

— Altas en aplicaciones de gastos. Capítulo 4. 52.950,24 euros.

— Altas en aplicaciones de gastos. Capítulo 6. 75.200 euros.

Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 36 del Real Decreto 500/1990, con anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones:

— Bajas en concepto de gastos. Capítulo 2. 117.450,24 euros.

— Bajas en concepto de gastos. Capítulo 4. 10.700 euros.

4. Modificación de crédito 23/2010:

— Altas en aplicaciones de gastos. Capítulo 4. 4.300 euros.

Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 36 del Real Decreto 500/1990, con anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones:

— Bajas en concepto de gastos. Capítulo 4. 4.300 euros.

5. Modificación de crédito 24/2010:

— Altas en aplicaciones de gastos. Capítulo 4. 1.000 euros.

Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 36 del Real Decreto 500/1990, con anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones:

— Bajas en concepto de gastos. Capítulo 2. 1.000 euros.

6. Modificación de crédito 25/2010:

— Altas en aplicaciones de gastos. Capítulo 6. 3.333 euros.

Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 36 del Real Decreto 500/1990, con anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones:

— Bajas en concepto de gastos. Capítulo 2. 3.333 euros.

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso se suspenderán por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Fuente el Saz de Jarama, a 13 de septiembre de 2010.—La alcaldesa, Mónica García Carabias.

(03/34.739/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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