Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
28-09-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100928-183

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

183
Demanda 1.267 de 2009

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.267 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Pilar González Poderoso, contra las empresas “Antonio Piqueras, Sociedad Limitada”, y “Piqueras Correy, Conserjes, Ordenanzas, Limpiezas y Jardinería, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de admisión y citación para los actos de conciliación y/o juicio del día 3 de noviembre de 2010, a las once y treinta horas, cuya parte dispositiva se acompaña.

Diligencia.—En Madrid, a 15 de septiembre de 2009.

La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con fecha 11 de septiembre de 2009 ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por doña María del Pilar González Poderoso, contra “Antonio Piqueras, Sociedad Limitada”, y “Piqueras Correy, Conserjes, Ordenanzas, Limpiezas y Jardinería, Sociedad Limitada”, en materia de ordinaria. De lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 15 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 3 de noviembre de 2010, a las once y treinta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, de Madrid, debiendo citarse a las partes, con entrega a las demandadas y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Al otrosí: se tiene por hecha la manifestación de asistencia letrada.

Al segundo otrosí: ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión de “Antonio Piqueras, Sociedad Limitada”, y “Piqueras Correy , Ordenanzas, Limpiezas y Jardinería, Sociedad Limitada”. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por sus representantes en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se le cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no, identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas. Ha lugar a la documental solicitada, debiendo las empresas codemandadas aportarla con anterioridad a la celebración del acto del juicio; asimismo, remítase oficio a la Tesorería General de la Seguridad Social a los fines solicitados. A la testifical, cuando se proponga se acordará.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Piqueras Correy, Conserjes, Ordenanzas, Limpiezas y Jardinería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.002/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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