Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
29-09-2010

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100929-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

80
Juicio de faltas 441 de 2010

El secretario del Juzgado de instrucción número 28 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 441 de 2010 se ha dictado la presente resolución, que dice:

CÉDULA DE CITACIÓN

De orden de su señoría, y por tenerlo así acordado en las diligencias del juicio de faltas indicado, por hurto, citará usted a la persona que luego se dirá, y en el concepto que se expresa, para que el día 19 de octubre de 2010, a las doce cincuenta y cinco horas, comparezca ante la Sala de audiencias de este Juzgado al objeto de asistir al actor de juicio oral. Se hará saber a las partes que deberán comparecer con todos los medios de prueba de que intenten valerse en el acto del juicio (testigos, documentos, peritos...), así como que podrán ser asistidas de letrado, si bien este no es preceptivo.

Deberá apercibirse a las partes y testigos que residan dentro del término municipal, que de no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida podrá imponérseles una multa. Se hará saber a los presuntos culpables que residan fuera del término municipal que podrán dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuvieren, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En Madrid, a 21 de julio de 2010.—La secretaria (firmado).

Y para que conste y sirva de citación a juicio para don José Luis Peris Moral, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 2 de septiembre de 2010.—El secretario (firmado).

(03/34.201/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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