Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
29-09-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100929-213

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

213
Ejecución 68 de 2010

Doña María del Carmen Martínez Sanjurjo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Santander.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 68 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco de Borja Carrera Poncela, contra la empresa “Iber Sales Outsourcing, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto y decreto en fecha 11 de agosto de 2010, cuyas partes dispositivas dicen respectiva y literalmente:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a instancias de don Francisco de Borja Carrera, frente a “Iber Sales Outsourcing, Sociedad Limitada”, por el principal reclamado de 600 euros.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que las partes ejecutadas puedan oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días contar desde el día siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada “Iber Sales Outsourcing, Sociedad Limitada”, hasta cubrir el principal reclamado de 600 euros, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Líbrese oficio a las entidades indicadas por la ejecutante en escrito de ejecución.

Procédase a trabar embargo sobre los bienes de la deudora, consistentes en todos los ingresos y saldos obrantes en las cuentas abiertas a su nombre, en las entidades que conste en el punto neutro judicial.

Y en cuanto al embargo de los vehículos indicados, a efectos de observar la prelación prevista en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con su resultado se acordará.

Líbrense los oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten la relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia.

Recábese información de la base de datos informática de la Tesorería General de la Seguridad Social, siempre que sea necesario para el buen fin de la ejecución, así como de la del Instituto Nacional de Estadística.

Adviértase y requiérase a la ejecutada de las obligaciones y requerimientos que se le efectúan en los razonamientos jurídicos segundo, ello antes de la firmeza de esta resolución.

La cantidad reclamada deberá ser ingresada en cualquier oficina del “Banco Español de Crédito” en la cuenta de este Juzgado abierta con el número 3867000064006810.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de revisión a interponer ante este órgano judicial en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, abierta en “Banesto”, al número 3867/0000/ 64/006810.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Iber Sales Outsourcing, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Santander, a 1 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.396/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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