Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
01-10-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101001-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

143
Ejecución 133 de 2009

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 133 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Natalia Bischoff Maganto, contra la empresa “Pulpería Los Berrocales, Comunidad de Bienes”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de fecha 7 de septiembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña María Isabel Oteo Muñoz.—En Madrid, a 7 de septiembre de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y la tasación de costas practicadas por importe de 818,12 euros, a cuyo pago resultan condenadas “Pulpería Los Berrocales, Comunidad de Bienes”, don Marcos Saz Adán y don Javier Ferreiro Castro, en las presentes actuaciones.

Constando consignada en autos la suma de 448,06 euros, póngase a disposición de doña Natalia Bischoff Maganto la cantidad de 136,32 euros en concepto de intereses y a disposición del letrado don José Luis Mateos Ibáñez la cantidad de 311,74 euros en concepto de parte de las costas, quienes deberán comparecer ante este Juzgado por sí o por persona con poder suficiente a fin de hacerles entrega de mandamiento de pago.

Asimismo, requiérase a los demandados “Pulpería Los Berrocales, Comunidad de Bienes”, don Marcos Saz Adán y don Javier Ferreiro Castro a fin de que en el término de cuatro días procedan a consignar en la cuenta de este Juzgado con el número 2508/0000/00/ 0133/09, sita en “Banesto” (código entidad 0030, código oficina 1143) la suma de 370,06 euros a que asciende el resto de la tasación de costas aprobada, bajo apercibimiento de que, caso de no evacuar el requerimiento, se procederá a la exacción de dicha suma por la vía de apremio, continuando la ejecución su curso, con el consiguiente embargo de bienes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Pulpería Los Berrocales, Comunidad de Bienes”, y don Marcos Saz Adán, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.330/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101001-143