Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
01-10-2010

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101001-104

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREMOCHA DE JARAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

104
Revocación competencias delegadas

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales se hace público el decreto 81/2010, sobre delegación de atribuciones de la Alcaldía, que literalmente dice:

En Torremocha de Jarama, a 15 de septiembre de 2010, en concordancia con lo establecido en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, sobre delegación de funciones, y en uso de las competencias que me otorga la Ley de Bases de Régimen Local, habiendo asumido la Alcaldía, con fecha 3 de septiembre del presente año, la concesión de licencias de obras menores, en concordancia con los artículos 43, 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/1985, a efectos de promover una mayor eficacia en la gestión municipal, vengo a decretar:

Primero.—Revocar las competencias de la Alcaldía que se encontraban delegadas en la Junta de Gobierno Local, referentes a la concesión de licencias para obras menores, asumiendo dicha competencia de nuevo el alcalde, encontrándose la misma reconocida en el artículo 21 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local.

Segundo.—Este decreto se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre, procediéndose a la remisión de anuncio de esta revocación al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para general conocimiento.

Torremocha de Jarama, a 15 de septiembre de 2010.—El alcalde, Carlos Rivera Rivera.

(03/35.385/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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