Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
04-10-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101004-243

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 6

EDICTO

243
Despido 750 de 2010

Doña Pilar Redondo Díaz, secretaria del Juzgado de lo social número 6 de Murcia.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Juan Antonio Heredia Campos, contra “Gesco Climatización, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 750 de 2010, se ha acordado citar a la parte demandada, ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 de la Ley de Procedimiento Laboral y 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a fin de que comparezca para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio el día 8 de octubre de 2010, a las once y veinte horas, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 6, sito en Murcia, Ciudad de la Justicia, avenida Ronda Sur, esquina Senda Estrecha, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de citación a “Gesco Climatización, Sociedad Limitada”, y al representante legal de la referida mercantil para confesión judicial, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Murcia, a 13 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.981/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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