Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
06-10-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101006-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

132
Demanda 1.382 de 2009

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.382 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Agustín García Peralo, contra Servicio Público de Empleo Estatal, don Afrodisio Cueva Herrero, don Javier Ramos Torres, “Navarro Sport, Sociedad Limitada”, “Resalvo, Sociedad Limitada”, “Lagunas Dino, Sociedad Limitada”, “Bulevar Dino, Sociedad Limitada”, y “Somatrade, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 483 de 2010

En Madrid, a 30 de julio de 2010.—Doña Francisca Arce Gómez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Agustín García Peralo, que comparece con asistencia del letrado don Antonio Doblas Sánchez, y de otra, como demandados, Servicio Público de Empleo Estatal, asistido del letrado don José Luis del Rey Martín, y no compareciendo los demandados don Afrodisio Cuevas Herrero, don Javier Ramos Torres, “Navarro Sport, Sociedad Limitada”, “Resalvo, Sociedad Limitada”, “Lagunas Dino, Sociedad Limitada”, “Bulevar Dino, Sociedad Limitada”, y “Somatrade, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimo la demanda del actor don Agustín García Peralo y dejo sin efecto la resolución de fecha 15 de junio de 2009, impugnada con este procedimiento. Asimismo, declaro conforme a derecho y debidas las prestaciones por desempleo reconocidas inicialmente con efectos de 22 de abril de 2005, sin que el actor tenga obligación de reintegrarlas.

En consecuencia, condeno al Servicio Público de Empleo Estatal a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a dejar sin efecto y, por tanto, sin contenido la resolución de 15 de junio de 2009.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Afrodisio Cueva Herrero, don Javier Ramos Torres, “Navarro Sport, Sociedad Limitada”, “Resalvo, Sociedad Limitada”, “Lagunas Dino, Sociedad Limitada”, “Bulevar Dino, Sociedad Limitada”, y “Somatrade, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.257/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101006-132