Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
06-10-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101006-190

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

190
Ejecución 171 de 2010

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 171 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Robert Zbigniew Godek, contra la empresa “Diego Gago Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:

a) Despachar orden general de ejecución, contra la ejecutada “Diego Gago Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 5.283,20 euros, más la cantidad de 859 euros en concepto de intereses y costas provisionales.

b) Acumular la presente ejecución a la número 45 de 2010, seguida ante este Juzgado a instancias de don Robert Zbigniew Godek, contra la misma ejecutada, ascendiendo el principal de todas las ejecuciones acumuladas a un total de 8.368,80 euros de principal, más 1.361 euros de intereses y costas, afectándose los bienes embargados, en su caso, en las diferentes ejecuciones acumuladas para responder de la totalidad de las mismas. Llévese testimonio de la presente ejecución, así como de la sentencia dictada en estos autos y de los particulares necesarios a la ejecución a que esta se acumula.

c) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Diego Gago Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.469/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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