Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
06-10-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101006-204

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

204
Demanda 1.192 de 2009

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.192 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nicoleta Tache, doña Vanesa Olmeda González, doña Silvia Gabriela Placinta y doña Claudia Kosztraba, contra la empresa “Happy Press, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 26 de mayo de 2010.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 3 de septiembre de 2009 ha sido repartida demanda en materia de ordinario y registrada bajo el número 1.192 de 2009, a instancias de doña Nicoleta Tache, frente a “Happy Press, Sociedad Limitada”, estando pendiente de juicio los autos números 1.193 de 2009, 1.124 de 2009 y 1.225 de 2009, seguidos ante la misma demandada. Paso a dar cuenta a su señoría ilustrísima acompañando propuesta de auto.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 26 de mayo de 2010.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 20 de octubre de 2010, a las diez y treinta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, cuarta planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Al otrosí digo: se tiene por hecha la manifestación de asistencia letrada.

Al segundo otrosí, digo: ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión de “Happy Press, Sociedad Limitada”. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se la cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

Ha lugar a la documental, requiérase a la demandada para que aporte, al acto de juicio, los documentos interesados en el escrito de demanda.

Ha lugar a la testifical, cuando se proponga se acordará.

En cuanto al escrito presentado por la actora, doña Silvia Gabriela Placinta en fecha 24 de febrero de 2009, se tienen por hechas las manifestaciones en él contenidas a los efectos de designación de nuevo domicilio.

Acumúlense a estos autos los que se siguen en este Juzgado con los números 1.193 de 2009, 1.224 de 2009 y 1.225 de 2009, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Happy Press, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.241/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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