Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
07-10-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101007-86

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

URBANISMO

86
Notificación infracción urbanística

Primero.—Ordenar a don Jorge Díez Pérez, en concepto de promotor como responsable de la infracción urbanística cometida, para que, en el improrrogable plazo de un mes, siguiente al día de la notificación de la presente, y con la adopción de las medidas de seguridad que sean necesarias, proceda a la retirada de los vertidos y materiales de construcción depositados en al parcela sita en la calle Ebro, número 5 bis, de este término municipal, que contribuyen al deterioro o degradación de la misma y a la restauración del terreno y los bienes afectados al estado primitivo u original en que se encontraban con anterioridad a la situación ilegal producida, e impidiendo definitivamente los usos que pudieran dar lugar por la construcción ilícitamente realizada.

Segundo.—Apercibir a don Jorge Díez Pérez, como persona obligada para acatar fielmente la presente orden, que transcurridos los plazos establecidos sin haber llevado a cabo la restauración de la legalidad física transformada por lo indebidamente construido, el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón lo llevará a cabo forzosamente por ejecución material subsidiaria a su costa, trasladándose a vertedero autorizado los restos de las obras y quedando depositados a su disposición los bienes y efectos que en lugar se encontrasen, y repercutiéndole, previa audiencia a la misma, los costes y gastos producidos por dicha ejecución subsidiaria, conforme determinan los artículos 95 y 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.—Comunicar al interesado que a tenor del artículo 203 de la Ley 9/2001, del Suelo, las medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística son independientes de las sanciones cuya imposición proceda por razón de la comisión de infracciones tipificadas en la mencionada Ley.

Cuarto.—Remítase, de forma expresa y simultánea, la presente resolución a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Quinto.—Insértese la presente resolución en el libro de resoluciones de la Alcaldía-Presidencia y se dé cuenta al Pleno ordinario que corresponda.

Notifíquese lo resuelto con arreglo a lo dispuesto en los artículos 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Es lo que acuerdo, mando y firmo.

Lo que notifico a usted, significándole que el acto anteriormente expresado tiene carácter definitivo, poniendo fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Podrá impugnar el acto directamente mediante la interposición de recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación. No obstante, puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano municipal, en el plazo de un mes, contado en la misma forma. Igualmente, podrá utilizar recursos, si lo estimase oportuno.

Villaviciosa de Odón, a 17 de septiembre de 2010.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(02/9.511/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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