Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
07-10-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101007-87

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

URBANISMO

87
Emplazamiento para notificación

Intentada sin poderla practicar la notificación personal de la resolución dictada por la concejala del Área de Urbanismo, Vivienda, Recursos Humanos y Régimen Interior del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, cuya fecha a continuación se indica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente anuncio se notifica a la interesada la citada resolución conforme a la siguiente relación:

Referencia del expediente: DIS 9/09.

Interesada: “Dieta Informática Sana, Sociedad Limitada”.

Fecha de resolución: 26 de abril de 2010.

Primero.—Ordenar a la sociedad “Dieta Informática Sana, Sociedad Limitada”, en concepto de promotora como responsable de la infracción urbanística cometida, para que, en el improrrogable plazo de un mes, siguiente al día de la notificación de la presente, y con la adopción de las medidas de seguridad que sean necesarias, proceda a la demolición de las obras realizadas si licencia municipal, consistentes en construcción de varias viviendas sin licencia en la finca sita en la calle Guadiana, número 115, de este término municipal, y a la restauración del terreno y los bienes afectados al estado primitivo u original en que se encontraban con anterioridad a la situación ilegal producida, e impidiendo definitivamente los usos que pudieran dar lugar por la construcción ilícitamente realizada.

Segundo.—Apercibir a la sociedad “Dieta Informática Sana, Sociedad Limitada”, como persona obligada para acatar fielmente la presente orden, que transcurridos los plazos establecidos sin haber llevado a cabo la restauración de la legalidad física transformada por lo indebidamente construido, el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón lo llevará a cabo forzosamente por ejecución material subsidiaria a su costa, trasladándose a vertedero autorizado los restos de las obras y quedando depositados a su disposición los bienes y efectos que en lugar se encontrasen, y repercutiéndole, previa audiencia a la misma, los costes y gastos producidos por dicha ejecución subsidiaria, conforme determinan los artículos 95 y 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.—Procédase a incoar el correspondiente expediente sancionador.

Cuarto.—Comunicar a la interesada que a tenor del artículo 203 de la Ley 9/2001, del Suelo, las medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística son independientes de las sanciones cuya imposición proceda por razón de la comisión de infracciones tipificadas en la mencionada Ley.

Quinto.—Remítase, de forma expresa y simultánea, la presente resolución a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Sexto.—Insértese la presente resolución en el libro de resoluciones de la Alcaldía­Presidencia y se dé cuenta al Pleno ordinario que corresponda.

Notifíquese lo resuelto con arreglo a lo dispuesto en los artículos 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Es lo que acuerdo, mando y firmo en fecha y lugar “ut supra”.

Lo que notifico a usted, significándole que el acto anteriormente expresado tiene carácter definitivo, poniendo fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Podrá impugnar el acto directamente mediante la interposición de recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación. No obstante, puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano municipal, en el plazo de un mes, contado en la misma forma. Igualmente, podrá utilizar recursos, si lo estimase oportuno.

Villaviciosa de Odón, a 15 de septiembre de 2010.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(02/9.510/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101007-87