Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
07-10-2010

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101007-35

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2010, por la que se acuerda publicar la notificación a don Nemesio Lancho Javier, interesado en el expediente número RA 343/08, de la Orden 1547/2010, de 11 de junio, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por doña Elisa, doña Francisca y don Nemesio Lancho Javier, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda de 11 de febrero de 2008.

Intentada sin efecto la notificación a don Nemesio Lancho Javier, interesado en el expediente número RA 343/88, de la Orden 1547/2010, de 11 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por doña Elisa, doña Francisca y don Nemesio Lancho Javier, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda de 11 de febrero de 2008, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el recurso de alzada interpuesto por doña Elisa, doña Francisca y don Nemesio Lancho Javier, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda de 11 de febrero de 2008, dictada en el expediente de solicitud de descalificación número D-69/08, se constatan los siguientes

HECHOS

Primero

Doña Elisa, doña Francisca y don Nemesio Lancho Javier solicitaron descalificación de la Vivienda de Protección Oficial de Promoción Pública, sita en la calle Antequera, número 23, séptimo B, de Madrid. Instruido el oportuno expediente, la Dirección General de Vivienda dictó Resolución de fecha 11 de febrero de 2008, por la que se denegó la descalificación al incumplir los requisitos establecidos del Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre, y Decreto 11/2005, de 27 de enero.

Segundo

Notificada la Resolución anterior, doña Elisa, doña Francisca y don Nemesio Lancho Javier interponen recurso de alzada en el que alegan, en síntesis, disconformidad con la misma.

Tercero

La Dirección General de Vivienda y Rehabilitación ha emitido informe a que se refiere el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el que se propone desestimar el recurso de alzada presentado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Segundo

El artículo 47 del Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre, por el que se desarrolla el Real Decreto-Ley 31/1978, de 31 de octubre, sobre política de viviendas, establece que en ningún caso podrá ser objeto de descalificación las viviendas de Protección Oficial de Promoción Pública, pronunciándose en igual sentido el apartado 4 de la disposición adicional única del Decreto 11/2005, de 27 de enero.

En el presente supuesto la vivienda objeto de expediente pertenece al grupo denominado “San Fermín”, habiendo sido calificada por Resolución de 11 de abril de 2003 con efecto jurídico de 1 de noviembre de 1983 como vivienda de Protección Oficial de Promoción Pública, por lo que, en cumplimiento de lo establecido en los preceptos referidos anteriormente, no puede ser objeto de descalificación.

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación que propone la desestimación del recurso de alzada interpuesto, y a propuesta de la Secretaría General Técnica,

DISPONGO

Desestimar el recurso de alzada interpuesto por doña Elisa, doña Francisca y don Nemesio Lancho Javier, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda de 11 de febrero de 2008, dictada en el expediente de solicitud de descalificación número D-69/08, que debe ser confirmada en todos sus términos.

Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo a interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 15 de septiembre de 2010.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/36.213/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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