Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
07-10-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101007-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 70

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

91
Procedimiento ordinario 1.551 de 2007

En el procedimiento ordinario número 1.551 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado sentencia de fecha 29 de junio de 2010, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 165

En Madrid, a 29 de junio de 2010.—La señora doña María Begoña Pérez Sanz, magistrada-juez de primera instancia del número 70 de Madrid, y su partido, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario número 1.551 de 2007, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, “Unión Financiera Asturiana, Sociedad Anónima (EFC)”, con procuradora doña Isabel Covadonga Juliá Corujo y letrado sin profesional asignado, y de otra, como demandada, doña Teresa Yagües Yuste, con procurador sin profesional asignado y letrado sin profesional asignado, sobre procedimiento ordinario.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda deducida por la procuradora de los tribunales doña Isabel Covadonga Juliá Corujo, en nombre y representación de “Unión Financiera Asturiana, Sociedad Anónima”, contra doña Teresa Yagües Yuste, en consecuencia, condeno a la demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 3.676,07 euros, intereses legales y las costas.

Contra la presente resolución cabe la interposición de recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia y que será resuelto por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), siempre que se cumplan los requisitos y términos expresados en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada doña Teresa Yagües Yuste, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación en legal forma de la sentencia de fecha 29 de junio de 2010.

En Madrid, a 8 de septiembre de 2010.—El secretario (firmado).

(02/9.439/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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