Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
08-10-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101008-269

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

269
Ejecución 150 de 2010

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 150 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Jéssica Paola Tito Aguilar, contra don Ezequiel Ramón Espinal y don Salvador Sigüenza Cue (“Comunidad de Bienes Explotaciones Hosteleras”), “The Winner, Sociedad Limitada”, y “Esfera del Henares, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado las siguientes resoluciones:

Auto

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, doña Jéssica Paola Tito Aguilar, frente a don Ezequiel Ramón Espinal y don Salvador Sigüenza Cue (“Comunidad de Bienes Explotaciones Hosteleras”), “Grupo Hostelero The Winner, Sociedad Limitada”, y “Esfera del Henares, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 1.604,76 euros en concepto de principal, más otros 96,28 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 160,47 euros de costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Trabar embargo sobre los bienes de las ejecutadas, excepto de la ejecutada “Grupo Hostelero The Winner, Sociedad Limitada”, por encontrarse declarada en situación de insolvencia en la ejecución seguida en este Juzgado número 152 de 2009 y acumulada número 159 de 2009.

A tal fin se realiza consulta a través de los servicios telemáticos del Punto Neutro Judicial y, vista la información que se obtiene, se acuerda:

El embargo de los saldos favorables y depósitos existentes en las cuentas bancarias abiertas en entidades financieras a nombre de las ejecutadas, librándose a tal fin los correspondientes oficios.

El embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, sucursal 1143, sito en calle Orense, número 19, de Madrid.

Asimismo se acuerda interesar y requerir al registrador encargado del Servicio de Índices de los Registros de la Propiedad a fin de que informe a este Juzgado, sobre los posibles bienes o derechos de los ejecutados de los que tenga constancia.

Notifíquese la presente resolución.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Ezequiel Ramón Espinal y don Salvador Sigüenza Cue (“Comunidad de Bienes Explotaciones Hosteleras”), “The Winner, Sociedad Limitada” y “Esfera del Henares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.741/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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