Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 243

Fecha del Boletín 
11-10-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101011-234

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

234
Demanda 695 de 2010

Doña María Isabel García Valero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de refuerzo de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 695 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosana Durán Gallego, contra la empresa “Carmen Rodríguez Singles Peluqueros, Sociedad Limitada Unipersonal” (franquicia “Llongueras”), sobre despido, se ha dictado sentencia, de fecha 2 de julio de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Estimando la demanda de despido interpuesta por doña Rosana Durán Gallego, contra la empresa “Carmen Rodríguez Singles Peluqueros, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo declarar y declaro improcedente el despido, y siendo imposible la readmisión de la trabajadora en su puesto de trabajo, se declara extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a doña Rosana Durán Gallego la cantidad de 3.285,67 euros correspondiente a la indemnización de cuarenta y cinco días por año de servicio, más otros 1.597,74 euros correspondientes a los salarios de tramitación hasta la fecha de la presente resolución.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Carmen Rodríguez Singles Peluqueros, Sociedad Limitada Unipersonal” (franquicia “Llongueras”), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 10 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.944/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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