Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 243

Fecha del Boletín 
11-10-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101011-140

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

140
Ejecución 172 de 2010

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 172 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jaquad El Mohammadi, contra la empresa “Encintaplac, Sociedad Limitada”, y “Tecseis, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 29 de julio de 2010 del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Soledad Fernández del Mazo.—En Madrid, a 29 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, don Jaquad El Mohammadi, frente a “Encintaplac, Sociedad Limitada”, y “Tecseis, Sociedad Limitada”, en forma solidaria, por un principal de 2.729,95 euros, más 163,70 euros y 272,99 euros calculados para intereses y costas provisionales.

Decreto

Secretaria-judicial, doña María José González Huergo.—En Madrid, a 29 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Requerir de pago a “Encintaplac, Sociedad Limitada”, y “Tecseis, Sociedad Limitada”, por la cantidad de principal reclamada de 2.729,95 euros, más 163,79 euros de intereses, y otros 272,99 euros de costas por los que se despacha la presente ejecución, debiendo consignar las referidas cantidades en la cuenta de este Juzgado, abierta con el número 2523 en “Banesto”, sucursal de la calle Orense, número 19, de Madrid, de forma inmediata; y si no se verificara líbrese exhorto al Juzgado decano de las Navas del Marqués (Ávila), con testimonio de la presente resolución, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes de la ejecutada, “Tecseis, Sociedad Limitada”, en su domicilio de la calle Pinsapo, urbanización “Los Matizales”, parcela 244, 05230 Las Navas del Marqués (Ávila), en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Requerir a “Encintaplac, Sociedad Limitada”, y “Tecseis, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de cuatro días manifiesten relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Y desconociéndose la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de las deudoras de que tengan constancia, y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a las ejecutadas por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a las ejecutadas, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, sucursal de la calle Orense, número 19, de Madrid, con número 2523.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encintaplac, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.805/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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