Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
12-10-2010

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101012-2

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

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RESOLUCIÓN de 16 de agosto de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “John Deere Ibérica, Sociedad Anónima”, y representantes legales de los trabajadores y asesor UGT (PCM-0448/2010).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID .

Madrid, a 16 de agosto de 2010.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Expediente número PCM-0448/2010.

En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del viernes 30 de julio de 2010.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don José María Roncero G. de Bonilla.

Vocal: Don Carlos Jacob Sánchez.

Vocal: Don Julio Canalda Bobas.

Vocal: Don Pedro Baena Pérez.

Secretaria: Doña Encarnación Cazorla Aparicio.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha martes 20 de julio de 2010, para conocer el expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don Luis Fernández Bustamante, en calidad de director de Personal.

Don Federico Fitch Watkins, en calidad de representante.

“John Deere Ibérica, Sociedad Anónima”, domiciliada en la carretera de Toledo, kilómetro 12,200, Getafe.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Juan M. Aranda Osoijo, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Enrique Fernández Tendero, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Pablo Flores Blázquez, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Pablo García-Cano Locatelli, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña María Esther Chaves Alonso, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Rocío Cruz Jiménez, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Pablo A. Floriano González, en calidad de asesor UGT.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por la representación legal de los trabajadores de “John Deere Ibérica, Sociedad Anónima”

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1. En este acto “John Deere Bank” firma un contrato de trabajo con carácter indefinido y sin período de prueba, con efectividad 1 de septiembre de 2010, a la señorita Gema García Hernández, con documento nacional de identidad número 52084411-Z.

2. Para dar respuesta a los requerimientos y necesidades de la producción, con las máximas garantías posibles en la línea de montaje de Prodrive se dispondrán turnos de trabajo, con carácter voluntario, para los trabajadores del Equipo de Montaje de Prodrive. De la siguiente forma:

— Calendario irregular de cuarenta horas, trabajando en el período del 31 de julio al martes 3 de agosto de 2010 ambos incluidos.

l Sábado, 31 de julio de 2010, doce horas.

l Domingo, 1 de agosto de 2010, doce horas.

l Lunes 2 de agosto y martes 3 de agosto de 2010, ambos incluidos, ocho horas diarias. Un total de dieciséis horas.

l Pago adicional de 43 euros por día de ocho horas.

l Los días desplazados de vacaciones, se pagarán adicionalmente según lo establecido.

— En el mes de marzo de 2011, la empresa definirá y dará a estos trabajadores el calendario de libranza de:

l Los cinco días de calendario irregular de este acuerdo.

l Estos días de libranza se establecerán en los meses de septiembre a diciembre de 2011.

3. El comité de empresa se compromete a que las Comisiones de Operatividad trabajarán con normalidad dando soporte, mediante las horas extraordinarias (tipo A, C o D) necesarias, a los requerimientos de producción para satisfacer la demanda de nuestros clientes, según lo acordado en el Plan de Empleo de JDISA. En el momento de la solicitud de horas extraordinarias se facilitará la información necesaria (necesidades de producción y horas ya realizadas) para poder analizar la situación.

4. La dirección de la empresa se compromete a dar respuesta a los problemas planteados durante estos días en diversas máquinas de mecanizado, creando los turnos necesarios antes de sacar el trabajo al exterior, siempre que técnicamente sea posible.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el Juez o Tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las diez y quince horas del día de hoy.—La secretaria (firmado).

(03/35.004/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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