Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
13-10-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101013-142

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

142
Demanda 1.510 de 2009

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.510 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 274”, contra don José Moreno Fernández, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por “Mutua Ibermutuamur”, contra don José Moreno Fernández, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, declarando que don José Moreno Fernández ha percibido indebidamente el importe de 2.351,09 euros en concepto de subsidio de incapacidad temporal en el período de 13 de agosto de 2008 hasta el 26 de septiembre de 2008, en su totalidad, y por diferencias en la cuantía de la prestación en el período entre el 29 de septiembre de 2006 y el 12 de agosto de 2008, declarando el derecho de “Ibermutuamur” a ser reintegrada en esa cuantía por el trabajador demandado. Con absolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José Moreno Fernández, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.045/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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