Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
13-10-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101013-152

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

152
Demanda 775 de 2010

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 775 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Martos Dujat des Allimes, contra la empresa “Proyectopyme Consultores, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 13 de septiembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 487 de 2010

En Madrid, a 13 de septiembre de 2010.—Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 775 de 2010, sobre despido, seguidos a instancias de don Jorge Martos Dujat des Allimes, contra la empresa “Proyectopyme Consultores, Sociedad Limitada”, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Jorge Martos Dujat des Allimes, contra la empresa “Proyectopyme Consultores, Sociedad Limitada”, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citado en legal forma, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor de fecha de 22 de abril de 2010, condenando a la empresa demandada a que abone al actor la suma de 4.432,73 euros en concepto de indemnización, más la suma de 7.737,12 euros por salarios de tramitación hasta la fecha de esta resolución, declarando con esta fecha extinguida la relación laboral.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, habrá de estar y pasar por esta declaración.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Proyectopyme Consultores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.025/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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