Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
14-10-2010

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101014-7

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2010, del Registro Territorial de la Propiedad Intelectual, por la que se acuerda publicar las Resoluciones por las que se tiene por desistidos a los interesados de determinados expedientes de solicitud de inscripción de derechos.

Vistas las Resoluciones requiriendo a los interesados para que subsanaran los defectos observados, y habiendo transcurrido el plazo concedido al efecto sin que se haya llevado a cabo la subsanación indicada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 19 del Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto 281/2003, de 7 de marzo (en adelante RRGPI), se dictaron las Resoluciones que se relacionan en el Anexo, teniendo por desistidos a los interesados de sus solicitudes de inscripción de derechos.

Intentada por dos veces sin efecto la notificación de dichas Resoluciones, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, renumerado por el artículo 68.2 de Ley 24/2001, de 27 de diciembre (en adelante JRJPAC).

Por todo ello, de conformidad con las funciones atribuidas a los Registros Territoriales por el artículo 3 del RRGPI,

RESUELVO

Publicar las Resoluciones de este Registro Territorial por las que se tiene por desistidos de sus solicitudes, a los interesados que se relacionan en el Anexo, por no haber subsanado los defectos observados en el plazo concedido para ello.

Lo que se notifica a los interesados, indicándoles que contra las citadas resoluciones, que no ponen fin a la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada, presentándolo ante la Registradora Territorial o el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte, y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución. Sin perjuicio, de que puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente.

Madrid, a 14 de septiembre de 2010.—La Registradora Territorial, PS (Orden 377/2009, de 5 de marzo), Teresa Huidobro Infante.

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(03/37.904/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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