Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
14-10-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101014-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

141
Demanda 342 de 2010

Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 342 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Santiago Turrado Canal, contra don David Pírez Castro y “Play Slot, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña María Luz Rico Recondo.—En Madrid, a 10 de septiembre de 2010.

Dada cuenta; y visto anterior escrito, no ha lugar a la tramitación del incidente extraordinario de la nulidad de actuaciones promovido en el mismo, toda vez que en el presente procedimiento ha recaído resolución que pone fin al proceso (artículo 240.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial), pudiendo ser susceptible de recurso extraordinario de suplicación en el que podrán invocarse los quebrantamientos formales en que pudiese haberse incurrido en el procedimiento en virtud del artículo 241.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don David Pírez Castro y “Play Slot, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 14 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.132/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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