Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
15-10-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101015-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 81

EDICTO

113
Procedimiento ordinario 996 de 2009

En los autos seguidos en este Juzgado, procedimiento de juicio ordinario seguido a instancias de “FCE Bank”, sucursal en España, se ha dictado sentencia de fecha 12 de julio de 2010, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 12 de julio de 2010.—Vistos por el ilustrísimo señor don Carlos Ceballos Norte, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 81 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 996 de 2009, a instancias de “FCE Bank, PLC”, sucursal en España, representada por el procurador señor Gómez de la Serna y dirigida por el letrado señor Ortiz, contra don Luis Fernando Barrera Betancourt, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, acuerdo: Estimar íntegramente la demanda promovida por “FCE Bank, PLC”, sucursal en España, contra don Luis Fernando Barrera Betancourt a que abone a la actora la suma de 16.748,24 euros, más intereses pactados en el contrato de financiación, y costas de este procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, con la indicación de que la misma no es firme y que contra la cual cabe recurso de apelación a preparar en el plazo de cinco días desde la notificación ante este Juzgado.

Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado don Luis Fernando Barrera Betancourt, dado su ignorado paradero, se expide el presente en Madrid, a 12 de julio de 2010.—El secretario (firmado).

(02/9.254/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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