Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
15-10-2010

Sección 1.3.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101015-25

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

25
ORDEN 3361/2010, de 1 de octubre, por la que se amplía el presupuesto consignado en la Orden 1239/2010, de 3 de mayo, de la Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, por la que se realiza la convocatoria de la subvención a las unidades de apoyo a la actividad profesional de los Centros Especiales de Empleo para el ejercicio 2010.

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118, de 19 de mayo de 2010, se publicó la Orden 1239/2010, de 3 de mayo, de la Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, por la que se realiza la convocatoria de la subvención a las unidades de apoyo a la actividad profesional de los Centros Especiales de Empleo.

En el artículo 2 de dicha Orden, se establecía un crédito presupuestario destinado a la financiación de las subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional en los Centros Especiales de Empleo por importe de 1.500.000 euros, habilitándose su ampliación conforme el procedimiento para la ampliación de la cuantía destinada a las subvenciones convocadas, y según el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Asimismo, la disposición transitoria única de la Orden 1239/2010, de 3 de mayo, establece que los expedientes iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden que no hubieran sido resueltos, reuniendo los interesados los requisitos para obtener la ayuda, deberán ser tramitados de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden vigente en el momento en que se presentó la solicitud de subvención y con cargo al crédito habilitado en 2010 para la presente Orden, existiendo dos expedientes de 2009 por importe de 150.000 euros.

En consecuencia, y teniendo en cuenta que en la partida 49120, a la que se imputan estas subvenciones, existe crédito al efecto, es posible ampliar en 350.000 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente en la Orden 1239/2010, de 3 de mayo, de la Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, por la que se realiza la convocatoria de la subvención a las unidades de apoyo a la actividad profesional de los Centros Especiales de Empleo para el ejercicio 2010.

En su virtud, y de acuerdo con las competencias atribuidas en la legislación vigente,

DISPONGO

Artículo 1

Ampliación del presupuesto

1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la Orden 1239/2009, de 3 de mayo, de la Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, por la que se realiza la convocatoria de la subvención a las unidades de apoyo a la actividad profesional de los Centros Especiales de Empleo para el ejercicio 2010, se amplía en 350.000 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente para dicha convocatoria. De forma que la cuantía máxima destinada a las subvenciones convocadas para el año 2010, es de 1.850.000 euros, imputados al programa 952, Partida 49120.

2. La publicación de esta Orden no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Artículo 2

Recursos administrativos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin perjuicio de cuantos otros estime oportuno deducir.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación normativa

Se faculta al titular de la Dirección General de Empleo para dictar las resoluciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 1 de octubre de 2010.

La Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, MARÍA PALOMA ADRADOS GAUTIER

(03/38.746/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101015-25