Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
18-10-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101018-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

123
Demanda 440 de 2010

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 440 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Gómez Esteso, contra la empresa “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, don Manuel Huerta González, don Antonio Moreno Rodríguez y don Ignacio Álvarez Rello, sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 481 de 2010

En Madrid, a 26 de julio de 2010.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por reclamación de cantidad, seguido con el número de autos 440 de 2010, a instancias de don Pedro Gómez Esteso, representado por el procurador don Federico Ruipérez Palomino y asistido por letrado, frente a la empresa “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y con citación del Fondo de Garantía Salarial y de los administradores concursales don Manuel Huerta González, don Antonio Moreno Rodríguez y don Ignacio Álvarez Rello; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda de reclamación de cantidad entablada por don Pedro Gómez Esteso, contra la entidad “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada” y con la citación del Fondo de Garantía Salarial y de los administradores concursales, condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 4.448,21 euros, más el recargo del 10 por 100 por mora.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.674/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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