Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
19-10-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101019-222

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA NÚMERO 2

EDICTO

222
Demanda 326 de 2009

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 de la Ley de Procedimiento Laboral y 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, el auto de fecha 13 de septiembre de 2010, bajo apercibimiento de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Auto

En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de septiembre de 2010.

Parte dispositiva:

Se despacha ejecución a instancias de doña Sarah Hernández Eizaguirre, contra “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, por un principal de 262,50 euros, más 25 euros de intereses provisionales y la de 25 euros de costas provisionales.

Se significa a la deudora que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, cuenta corriente número 0030/1846/42/00050001274 al concepto 3487000064040510 de “Banesto”.

Practíquense por la señora secretaria judicial las actuaciones previstas en los artículos 247 y concordantes de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así lo acuerda, manda y firma por don Fernando Herrada Romero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.818/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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