Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
19-10-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101019-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

132
Demanda 619 de 2009

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 619 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Navarrete Caler, don Jaime Rodríguez Muñoz, don Félix Sánchez Cezar, contra la empresa “Derodima, Diseño, Decoración y Montaje, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 14 de septiembre de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Declarar con esta fecha extinguida la relación laboral que unía a don Miguel Ángel Navarrete Caler, don Jaime Rodríguez Muñoz y don Félix Santos Cezar con la empresa “Derodima, Diseño, Decoración y Montaje, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que les abone en concepto de indemnización y salarios de tramitación las siguientes cantidades, respectivamente, :

A don Miguel Ángel Navarrete Caler: 11.877 euros y 10.876,32 euros.

A don Jaime Rodríguez Muñoz: 6.364,64 euros y 28.535,52 euros.

A don Félix Santos Cezar: 13.393,56 euros y 8.602,72 euros.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Derodima, Diseño, Decoración y Montaje, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.798/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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