Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
22-10-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101022-206

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

206
Ejecución 211 de 2009

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 211 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rodrigo Vicente Castillo Espinoza, contra la empresa “Distribuciones Avícolas Arranz, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia.—En Madrid, a 23 de septiembre de 2010.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que en fecha 12 y 22 de julio, han tenido entrada en los anteriores despachos procedentes de la Agencia Tributaria y del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, habiendo resultado los mismos negativos en orden a la localización de bienes y derechos sobre los que trabar embargo, que se procede a unir a los autos de su razón.—Doy fe.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 23 de septiembre de 2010.

Visto el contenido de la diligencia que antecede; no habiéndose cumplido por la ejecutada los requerimientos que le fueron realizados y, desconociéndose por el momento la existencia de bienes suficientes titularidad del mismo, practíquense los trámites de averiguación de bienes, con arreglo a las normas señaladas en el artículo 248 de la Ley de Procedimiento Laboral. A tal fin, expídase el correspondiente oficio a la Oficina de Averiguación Patrimonial dependiente de la Delegación de Decanato de esta sede judicial para que, y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días, facilite la relación de todos los bienes o derechos del deudor de que tengan constancia. Advirtiéndose a las autoridades y funcionarios requeridos de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Distribuciones Avícolas Arranz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/37.337/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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