Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
22-10-2010

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101022-106

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

OTROS ANUNCIOS

106
Notificación

Habiéndose intentado la notificación a don Fernando Rincón González, al domicilio de la calle Benavides de Orbigo, número 4, de San Martín de Valdeiglesias, mediante notificación en mano y envío certificado con acuse de recibo, y habiéndose devuelto dichos envíos por ausencia, se procede a su notificación en base a lo dispuesto por la Ley de Procedimiento Administrativo, mediante su publicación a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del siguiente escrito:

Comunicación

Vista la denuncia formulada por la Policía Local en fecha 22 de abril de 2010, contra don Fernando Rincón González, con documento nacional de identidad número 7529037-X, por supuesta infracción a la Ley 1/1990, de 1 de febrero (se adjunta copia de la denuncia), por:

“Mantener animales en terrazas, jardines o patios en horario nocturno cuando acasionen molestias evidentes a los vecinos”.

La infracción detallada anteriormente infringe el artículo 2.2.L), resultando estar tipificada como infracción leve, pudiendo ser sancionable con una multa económica que podrá oscilar desde los 30,05 euros hasta los 300,50 euros.

Al tiempo comunicarle que según el artículo 10 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos, el cual dice que:

“Los perros y gatos deberán ser marcados en la forma que reglamentariamente se establezca, así como ser censados en el Ayuntamiento donde habitualmente viva el animal, dentro del plazo máximo de tres meses contado a partir de la fecha de nacimiento o de un mes después de su adquisición. El animal deberá llevar su identificación de forma permanente”.

Si usted no tiene realizado este trámite, se le informa que la infracción al artículo antes detallado también está tipificada como infracción leve, pudiendo ser sancionable con una multa económica que podrá oscilar desde los 30,05 euros hasta los 300,50 euros (se le adjunta copia de la solicitud, debiendo aportar fotocopias del documento nacional de identidad del propietario y de la cartilla sanitaria del animal).

Y resultando, por tanto, que en virtud de lo establecido en el artículo 29, apartado A), de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, modificada por la Ley 1/2000, de 11 de febrero, la tramitación de dicho expediente sancionador es competencia de este Ayuntamiento, y a tenor de lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, se le concede un plazo de quince días para que pueda presentar las alegaciones que estime convenientes en defensa de su derecho ante este Ayuntamiento.

Transcurrido dicho plazo sin haber alegado nada en defensa de sus derechos, se elevará esta propuesta a definitiva, con imposición de la sanción que, en su caso, corresponda.

San Martín de Valdeiglesias, a 7 de septiembre de 2010.—El alcalde, Pablo Martín Cabezuela.

(02/9.177/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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