Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
22-10-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101022-162

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

162
Demanda 1.105 de 2009

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.105 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Anna María Wisialska, contra la empresa “Inmopolska, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado el siguiente auto de 31 de julio de 2009, cuya parte dispositiva se acompaña:

Auto

En Madrid, a 31 de julio de 2009.

Parte dispositiva:

Así por este mi auto, digo: por repartida la anterior demanda, fórmense autos y regístrense en el libro-registro correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la demanda presentada.

Cítese a las partes para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del 25 de octubre de 2010, a las diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, sala C, de esta ciudad. Hágase entrega a la demandada de copia de la demanda presentada y resto de los documentos.

A los otrosíes: a la documental, ha lugar y requiérase a la parte demandada para que aporte dicha documentación al acto del juicio oral.

Al otrosí: ha lugar y cítese al representante legal de la demandada para la práctica de la prueba de interrogatorio de las partes en juicio, de conformidad en el artículo 301 y siguientes de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil y efectos preveídos en el artículo 304 del mismo texto legal, es decir, que en el caso de incomparecencia en el Juzgado podrá considerar reconocidos los hechos.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición, a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—La magistrada-juez de lo social.—La secretaria judicial.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Inmopolska, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.054/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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