Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
23-10-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101023-46

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 1

EDICTO

46
Ejecución 179 de 2010

La secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 179 de 2010, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de doña María del Mar Sáez Díaz, contra “Supercrédit, Sociedad Limitada Unipersonal”, en la que con fecha 10 de septiembre de 2010 se han dictado auto y decreto, cuyos encabezamientos y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:

Auto

En Sevilla, a 10 de septiembre de 2010.

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima acuerda: Despachar ejecución a favor de doña María del Mar Sáez Díaz, contra “Supercrédit, Sociedad Limitada Unipersonal”, por la suma de 3.318,11 euros en concepto de principal, más la de 663,62 euros calculados para intereses, costas y gastos.

Decreto

Secretaria judicial, doña Rosa María Rodríguez Rodríguez.—En Sevilla, a 10 de septiembre de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Procédase a la localización y averiguación de los bienes de la ejecutada, para lo cual líbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid y a la Oficina de Consulta Registral-Averiguación de Bienes del Decanato de los Juzgados de esta capital, terminal de Tráfico, a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada, así como procédase por este Juzgado a la averiguación de los que consten en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria mediante la obtención de los datos correspondientes a través de la aplicación Punto Neutro Judicial.

Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quince días inste las diligencias que a su derecho interesen.

Hágase saber a las partes que de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma.

Notifíquese esta resolución a la ejecutada, junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento para que, en cualquier momento, pueda personarse en la ejecución.

Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirán el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), entidad 0030, sucursal avenida de la Buhaira (oficina número 4325), sita en la calle José Recuerda Rubio, número 4, de Sevilla, cuenta número 4020/0000/64/0179/10, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Revisión”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes, Ley de Enjuiciamiento Civil y la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto” número 0030/1846/42/0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo social número 1 de Sevilla, y en “Observaciones” se consignarán los 16 dígitos (antes expresados) de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código “30” y “Social-Revisión”.

Así lo acuerdo y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Y para que sirva de notificación en forma a “Supercrédit, Sociedad Limitada Unipersonal”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.816/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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