Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
27-10-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101027-201

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

201
Ejecución 215 de 2009

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 215 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Asociación Provivienda, contra doña Francisca Velasco Oller, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda el embargo sobre los salarios o retribuciones de cualquier otra naturaleza que del Instituto Nacional de Empleo perciba doña Francisca Velasco Oller, apremiada en las presentes actuaciones, por un importe suficiente a cubrir principal, intereses y costas provisionales; por lo que requiérase a la referida empresa, bajo su personal responsabilidad, para que retenga y remita mensualmente, hasta la total liquidación de la deuda, las cantidades que excedan al salario mínimo interprofesional; debiéndose acreditar mediante copia de la hoja de salarios o equivalente el importe del mismo.

Adviértase:

a) Que el pago que, en su caso, hicieren a la apremiada no sería válido (artículo 1.165 del Código Civil), y que asimismo la transferencia ordenada le libera de toda responsabilidad frente a la acreedora.

b) De las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes auxilien o se confabulen con la apremiada para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (artículo 257 del Código Penal y 893 del Código de Comercio).

Por recibidos los anteriores resguardos de “Caixa Cataluya” e “Ibercaja” con la transferencia recibida, en virtud del embargo acordado, únanse a los autos de su razón, póngase a disposición de la actora Asociación Provivienda la cantidad de 29,64 euros en concepto de parte de principal, y una vez firme la presente líbrese mandamiento de pago a favor de la actora que podrá recoger en la Secretaría de este Juzgado comunicándole que el mandamiento caduca a los tres meses desde su expedición y que si lo desea puede comunicar a este Juzgado, número de cuenta con justificación documental de la titularidad de la misma para efectuarle transferencia bancaria, quedando reducido el principal adeudado a 375,34 euros.

Vista la diligencia del Servicio Común de Actos de Notificación y Ejecución inténtese la notificación a la ejecutada del auto de 3 de noviembre de 2009, junto con el presente por correo certificado.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.

Si la parte recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite.

El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado número 18 que tiene abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, oficina 1143, con el número 2516/0000/60 más (número de demanda con cuatro dígitos y año con dos dígitos), conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios: 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2516, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Francisca Velasco Oller, en ignorado paradero, expido la presente para su inseción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.417/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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